Criptomoneda: Libra.
Facebook y otras 27 organizaciones presentaron el 18 Junio de 2019 la creación de una nueva criptomoneda llamada Libra y la Plataforma Calibra, criptomoneda que podrá usarse tanto para transacciones entre particulares como para compras en establecimientos, según informa la Agencia EFE.
A tales efectos se consituye la Asociación Libra con sede en Ginebra (Suiza), que será la responsable de controlar y desarrollar la criptomoneda, sede justifcada por los promotores “porque este país cuenta con un historial de neutralidad y apertura global a la tecnología de blockchain, y la asociación aspira a ser una institución internacional y neutral”.
Entre los miembros fundadores, destaca -además de Facebook-, Visa, Mastercard, Vodafone, PayPal, eBay, Spotify, Uber, Lyft, Booking Holdings (propietaria de Booking.com, Priceline.com y Kayak.com) y Mercado Libre, entre otras.
El objetivo es que Libra sea una criptomoneda estable que pueda ser utilizada para transacciones diarias, con variaciones mínimas, lo que se pretende respaldar por un conjunto de activos reales de baja volatilidad, en particular, con depósitos bancarios y títulos gubernamentales de corto plazo en monedas de bancos centrales estables y de buena reputación. De hecho, se pretende que la Reseva Libra actúe como “comprador de último recurso”.
Libra se basa en tecnología blockchain. Ahora bien, no podrá ser minada, y consiguientemente, no podrá ser producida por usuarios a cambio de poder computacional.
Se ofrecerá una cartera digital para criptomonedas Libra accesible inicialmente desde WhatsApp y Messenger (ambas propiedad de Facebook), aun cuando los planes son poder ampliarla en el futuro a otros servicios como Instagram o el propio portal de Facebook.
La cartera, que también tendrá su aplicación independiente para sistemas operativos Android e iOS, saldrá en 2020.
De otro lado, la Plataforma Calibra actuará en la interacción de los usuarios con Libra, inicalmente desarrollará funciones básicas de envío y recepción de dinero, aun cuando también se prevén otros tipos de servicios financieros a futuro.
Los bancos centrales ya ha mostrado su preocupacion y la implicaciones para la economía. En tal línea, el presidente de la Reserva Federal de Estados Unidos, Jerome Powell, es de la opinión que Libra iba a necesitar una vigilancia muy estrecha por su enorme alcance.
El Congreso de EEUU, en particular el Comité de Servicios de la Cámara de los Representantes ha instado a Facebook paralizar el proyecto hasta que el Congreso debata el Proyecto. Sin lugar a dudas, la falta de protecciones regulatorias, unido a la seguridad, privacidad y uso potencial, suscita cuestiones sobre los riesgos que puede generar en la economía financiera, política monetaria y el control del Estado sobre la misma.
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Aun articulo muy interesante. En estos días tan extraños por la pandemia, es posible que el sistema financiero mundial se vea alterado y que las criptomonedas pasen a ser algo cotidiano.
Un artículo muy interesante y necesario, muy probablemente todos los que aun no nos manejamos con las criptomonedas tengamos que comenzar a hacerlo en muy poco tiempo.
Gran artículo. A la altura de un despacho moderno. Ojalá el legislador, cuando tenga la obligación de regular nuevos medios de pago de carácter digital, cuente con profesionales preparados …
Hola a Todos!! Sería una buena oportunidad analizar otros tipos novedososos de ICO. Por ejemplo, la publicada en ElDigital.Media:
Primera ICO “Play To Learn” (by Cryptoveritas 360)
https://www.eldigital.media/texto-diario/mostrar/3581753/innovacion-indi-primera-ico-play-to-learn-by-cryptoveritas-360
Os paso una actualización de la normativa fiscal, por si os resulta de interés:
Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales, entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de servicios transnacionales y defensa de los consumidores.
Link: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-6872
Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.
Link: https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-11473
No estaría nada mal entrar en el debate de la naturaleza de las criptomonedas. El Tribunal Supremo lo conceptúa como “activo” patrimonial inmaterial y, por lo tanto, susceptible de negocios jurídicos.
Esto parece que se está extendiendo, como ha sucedido recientmente en Shangai (a pesar de la prohibición de China), cómo se explica en éste artículo de ElDigital.Media:
“Shanghai declara que Bitcoin es un activo protegido por la ley”
https://www.eldigital.media/texto-diario/mostrar/3760198/shanghai-declara-bitcoin-activo-protegido-ley
No obstante, sería muy interesante con las últimas novedades internacionales volver a entrar y debatir sobre su naturaleza con algo más de precisión. Ahí queda eso…