Regularización fiscal internacional
Regularización fiscal internacional
Regularización fiscal internacional
Las contingencias fiscales internacionales no siempre aparecen antes de ejecutar una operación. A veces surgen después: al revisar ejercicios cerrados, al preparar una auditoría, al recibir una comunicación tributaria, al detectar pagos internacionales mal tratados o al comprobar que una estructura transfronteriza no quedó documentada como debía.
La regularización fiscal internacional exige reconstruir lo ocurrido con precisión. Qué operación se ejecutó, qué sociedades intervinieron, qué declaraciones se presentaron, qué retenciones se practicaron, qué convenio se aplicó, qué documentación existe y qué ejercicios pueden estar afectados. Actuar sin esa revisión puede generar respuestas incompletas o nuevas inconsistencias.
Esta página forma parte del servicio de abogados de fiscalidad internacional y se centra en empresas, grupos, sociedades, inversores y estructuras internacionales que necesitan ordenar posiciones fiscales ya ejecutadas.
Asesoramiento para ordenar posiciones fiscales internacionales ya ejecutadas
Una regularización internacional no debe plantearse como una actuación automática. Antes de corregir declaraciones o responder a la Administración, es necesario identificar los hechos relevantes, la normativa aplicable y la documentación disponible.
La Ley General Tributaria regula el marco general de las obligaciones tributarias y los procedimientos de aplicación de los tributos en España.
También puede ser relevante el Reglamento General de actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria, especialmente cuando existen comprobaciones, requerimientos o actuaciones administrativas en curso.
En fiscalidad internacional, la dificultad aumenta porque una misma situación puede conectar normativa española, normativa extranjera, convenios, retenciones, documentación societaria y criterios aplicados en varios ejercicios.
Cuándo puede ser necesaria una regularización fiscal internacional
La necesidad de regularizar puede surgir por una decisión empresarial ya ejecutada, una operación transfronteriza mal documentada, una declaración presentada con criterios incompletos o una comunicación de la Administración tributaria.
Operaciones transfronterizas y declaraciones anteriores
Una operación internacional puede haberse declarado de forma parcial o con una calificación que después resulta discutible. Puede ocurrir en pagos por servicios, financiación, cánones, dividendos, plusvalías, reorganizaciones, adquisiciones o ventas de sociedades.
Si el origen del problema está en dónde reside fiscalmente una sociedad o estructura, la residencia fiscal internacional puede ser el primer punto de análisis. En adquisiciones o ventas ya ejecutadas, la fiscalidad de compraventa de empresas internacional puede requerir una revisión específica si el riesgo nace de la operación societaria.
La regularización debe atender a hechos, contratos, declaraciones, pagos, residencia, jurisdicciones implicadas y documentación de soporte.
Retenciones, convenios y doble imposición ya producida
En pagos internacionales de dividendos, intereses, cánones o servicios, las retenciones internacionales pueden ser el origen de la regularización. La empresa puede haber practicado una retención incorrecta, no haber aplicado una reducción posible o haber utilizado un criterio sin documentación suficiente.
También puede ocurrir que se haya aplicado un convenio de doble imposición sin revisar adecuadamente residencia, beneficiario, naturaleza de la renta o requisitos documentales. Los convenios de doble imposición pueden ser relevantes, pero deben analizarse junto con la operación real.
Cuando la regularización nace de una renta gravada en dos países, la doble imposición internacional debe revisarse junto con la documentación disponible.
Establecimiento permanente, precios de transferencia e inversión extranjera
Cuando una entidad extranjera ya operó en España sin revisar su presencia fiscal, el establecimiento permanente en España puede ser una de las cuestiones centrales. En estos casos, debe analizarse la actividad real, los medios, los contratos, el personal, los agentes y los ejercicios afectados.
Si la exposición deriva de operaciones intragrupo, los precios de transferencia en operaciones vinculadas y la documentación pueden condicionar la estrategia. Servicios, financiación, licencias, costes compartidos o pagos entre entidades vinculadas deben revisarse con criterios de mercado y soporte documental.
Cuando la inversión en España ya se ejecutó sin revisar vehículo, financiación u obligaciones declarativas, la inversión extranjera en España puede requerir una revisión paralela.
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Revisión documental antes de corregir o responder a la Administración tributaria
La documentación determina la calidad de cualquier estrategia de regularización fiscal internacional. Contratos, facturas, acuerdos intragrupo, certificados de residencia fiscal, declaraciones presentadas, justificantes de retenciones, informes financieros, documentación de precios de transferencia, organigramas, actas societarias y comunicaciones tributarias pueden ser necesarios para valorar la situación.
La Agencia Tributaria ofrece información sobre procedimientos vinculados a gestión, inspección y comprobación tributaria, que pueden ser relevantes cuando existe una actuación administrativa, en gestión tributaria y procedimientos de inspección.
Antes de responder, conviene revisar qué sabe la Administración, qué está solicitando, a qué ejercicios se refiere, qué documentos existen y qué riesgos pueden derivarse de una respuesta incompleta.
Regularización internacional en empresas, grupos y estructuras complejas
En grupos internacionales, la regularización puede afectar a varias sociedades, jurisdicciones y ejercicios. Un error de retención puede conectar con un convenio; un ajuste de precios de transferencia puede generar doble imposición; una presencia no revisada puede implicar establecimiento permanente; una inversión exterior puede tener obligaciones declarativas pendientes.
En estructuras más complejas, un holding internacional puede requerir revisión específica si la contingencia afecta a participaciones, dividendos, financiación o flujos entre sociedades del grupo.
La Agencia Tributaria incluye la fiscalidad internacional dentro de su normativa y criterios interpretativos, disponible en su sede electrónica.
Errores frecuentes en fiscalidad internacional ya ejecutada
Uno de los errores más frecuentes es aplicar un convenio de doble imposición sin soporte documental suficiente. Otro es asumir que una retención extranjera o española se corregirá fácilmente en un momento posterior. También se observan riesgos cuando las operaciones intragrupo se documentan después de varios ejercicios o cuando la estructura real no coincide con los contratos.
En empresas extranjeras con actividad en España, el problema puede surgir por haber operado sin revisar el establecimiento permanente. En grupos internacionales, por financiar filiales, prestar servicios o ceder intangibles sin una política clara de precios de transferencia.
La Ley del Impuesto sobre Sociedades y la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes pueden resultar relevantes en la revisión de estructuras empresariales internacionales, entidades no residentes y rentas conectadas con España.
Cómo trabaja IN DIEM Abogados
IN DIEM revisa la regularización fiscal internacional desde una perspectiva jurídica, fiscal y documental. El trabajo comienza con la identificación de operaciones, jurisdicciones, sociedades intervinientes, ejercicios afectados, declaraciones presentadas, pagos realizados, retenciones, convenios aplicados y documentación disponible.
A partir de esa revisión, se valoran riesgos, inconsistencias, posibles vías de actuación y estrategia de respuesta. El objetivo no es actuar de forma precipitada, sino ordenar la posición fiscal internacional y tomar decisiones conforme a Derecho.
El asesoramiento puede incluir revisión de comunicaciones tributarias, análisis de operaciones transfronterizas, precios de transferencia, establecimiento permanente, retenciones, doble imposición, inversiones ya ejecutadas y documentación de soporte.
Revise operaciones internacionales antes de responder a la Administración tributaria
Operaciones transfronterizas, retenciones, precios de transferencia o estructuras ya ejecutadas pueden exigir una revisión técnica. IN DIEM ordena hechos, documentación y riesgos para valorar una actuación fiscal conforme a Derecho.
Contactar con IN DIEM para regularización fiscal internacional
Si su empresa, grupo o estructura internacional ha ejecutado operaciones transfronterizas y necesita revisar ejercicios anteriores, retenciones, convenios, precios de transferencia, establecimiento permanente o documentación fiscal, conviene actuar con método antes de corregir o responder a la Administración.
IN DIEM Abogados puede estudiar los hechos, ordenar la documentación, identificar riesgos y valorar una estrategia de regularización internacional conforme a Derecho, con enfoque técnico, prudente y orientado a la defensa de la posición fiscal de la empresa.
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Preguntas Frecuentes Legales Internacionales
Respuestas a consultas frecuentes sobre servicios legales internacionales, operaciones transfronterizas, derecho corporativo y asesoramiento jurídico global.
¿Qué es la regularización fiscal internacional?
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Es la revisión y corrección de posiciones fiscales ya ejecutadas cuando existen operaciones, estructuras, pagos o inversiones con conexión en varios países.
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¿Cuándo puede necesitarla una empresa?
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Cuando detecta errores en declaraciones, retenciones, convenios, precios de transferencia, establecimiento permanente, inversión extranjera u operaciones transfronterizas.
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¿Regularizar implica reconocer una infracción?
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No necesariamente. Puede tratarse de ordenar la documentación, corregir criterios, revisar ejercicios o responder técnicamente a una comunicación tributaria.
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¿Qué ocurre si se aplicó mal un convenio de doble imposición?
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Debe revisarse la renta afectada, el convenio, la documentación disponible, las retenciones practicadas y los ejercicios implicados antes de adoptar cualquier actuación.
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¿Puede regularizarse un riesgo de establecimiento permanente?
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Sí. Puede ser necesario valorar la actividad desarrollada, los medios utilizados, los contratos, las funciones desempeñadas, los ejercicios afectados y las posibles obligaciones fiscales derivadas.
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¿Los precios de transferencia pueden exigir una regularización?
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Sí. Cuando existen operaciones intragrupo sin documentación suficiente, precios inconsistentes o ajustes que afectan a ejercicios anteriores, puede ser necesario revisar la política de precios de transferencia.
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¿Qué papel tienen las retenciones internacionales?
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Las retenciones no practicadas, incorrectamente aplicadas o soportadas de forma indebida pueden ser el origen de una revisión y regularización fiscal internacional.
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¿La regularización fiscal internacional está dirigida a personas físicas extranjeras residentes?
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No. Esta página está orientada principalmente a empresas, sociedades, grupos internacionales, inversiones, estructuras societarias y patrimonios complejos con implicaciones fiscales internacionales.
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¿Qué hacer si la Administración tributaria inicia una comprobación internacional?
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Conviene revisar la comunicación recibida, los ejercicios afectados, la documentación disponible, las operaciones analizadas y la normativa aplicable antes de responder.
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¿IN DIEM puede revisar ejercicios anteriores con implicaciones internacionales?
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Sí. IN DIEM analiza los hechos, las operaciones, la documentación, las declaraciones presentadas, la normativa aplicable, los riesgos detectados y las posibles vías de actuación conforme a Derecho.
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Revise operaciones internacionales antes de responder a Hacienda
Operaciones transfronterizas, retenciones, precios de transferencia o estructuras ya ejecutadas pueden exigir una revisión técnica. IN DIEM ordena hechos, documentación y riesgos para valorar una actuación fiscal conforme a Derecho.
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