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Solicitud de nacionalidad española

En IN DIEM Abogados asesoramos en la solicitud de nacionalidad española por residencia, desde la comprobación de los años de residencia legal y los requisitos de integración hasta la preparación del expediente. También intervenimos ante retrasos, requerimientos y denegaciones, y orientamos sobre los trámites posteriores a la concesión.
Bandera de España ondeando sobre un cielo azul, imagen representativa de la solicitud de nacionalidad española
Pasaporte español sobre una maleta de viaje, imagen de la página de arraigo y regularización de extranjeros en España de IN DIEM Abogados
Arraigo y regularización de extranjeros en España
Persona graduada con toga y birrete frente a un edificio universitario, imagen sobre homologación de títulos extranjeros en España
Homologación y convalidación de títulos extranjeros en España
Formulario de solicitud del NIE y pasaporte español sobre una mesa en una oficina de extranjería
Obtención del NIE en España para extranjeros
Dos profesionales estrechando las manos junto a un casco de seguridad y planos de trabajo, imagen sobre permisos de residencia y trabajo en España
Permisos de residencia y trabajo en España
Siluetas de papel de familias con adultos y niños unidos de las manos, símbolo de la reagrupación familiar en España
Reagrupación familiar y residencia de familiares en España
Abogado revisando documentación con una mujer que sostiene un pasaporte en un edificio administrativo, imagen sobre recursos de extranjería
Recursos, denegaciones y expulsiones en extranjería
Abogada asesorando a una pareja extranjera con pasaportes y documentación para solicitar la residencia no lucrativa en España
Residencia no lucrativa en España
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Residencia para nómadas digitales, profesionales y emprendedores en España
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Haber vivido varios años en España no significa que la nacionalidad española se conceda automáticamente. Para obtenerla es necesario acreditar un periodo determinado de residencia legal, cumplir los requisitos de buena conducta cívica e integración y presentar un expediente que permita comprobar correctamente las circunstancias personales del solicitante.

La solicitud de nacionalidad española puede complicarse por interrupciones en la residencia, antecedentes penales, documentos extranjeros caducados o discrepancias entre los datos que constan en diferentes registros. Incluso quienes llevan muchos años viviendo en España pueden encontrar dificultades si parte de su permanencia no reúne las condiciones exigidas por la legislación.

En IN DIEM Abogados revisamos los requisitos antes de iniciar el procedimiento y prestamos asistencia en la preparación, presentación y seguimiento del expediente. Nuestro asesoramiento en Derecho de Extranjería comprende tanto las solicitudes iniciales como las incidencias que pueden producirse hasta la adquisición efectiva de la nacionalidad.

¿Quién puede solicitar la nacionalidad española por residencia?

La nacionalidad española por residencia es una de las principales vías de adquisición de la ciudadanía para personas extranjeras que han establecido su vida en España.

El artículo 22 del Código Civil exige que la residencia sea legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Además, el interesado debe justificar buena conducta cívica y un grado suficiente de integración en la sociedad española.

El plazo de residencia depende de la nacionalidad de origen y de determinadas circunstancias personales o familiares. No todas las personas extranjeras deben esperar diez años para presentar su expediente.

¿Cuántos años hay que vivir en España para obtener la nacionalidad?

La legislación establece diferentes plazos para solicitar la nacionalidad española por residencia:

  • Diez años: plazo general aplicable a las personas extranjeras que no se encuentran en alguno de los supuestos de reducción.
  • Cinco años: para quienes hayan obtenido la condición de refugiado.
  • Dos años: para nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, así como para personas de origen sefardí.
  • Un año: para determinados supuestos, como las personas nacidas en España, quienes llevan al menos un año casados con una persona española sin separación legal o de hecho, y otros casos expresamente previstos en el Código Civil.

El plazo reducido de un año también puede aplicarse, entre otros supuestos, a determinados descendientes de españoles de origen, viudos de ciudadanos españoles y personas que hayan estado sujetas a instituciones de protección legal en las condiciones establecidas por la ley.

¿Qué tiempo de residencia cuenta para obtener la nacionalidad?

No debe confundirse la permanencia física en España con la residencia legal exigida para adquirir la nacionalidad. Los periodos en situación irregular no computan como residencia legal y, con carácter general, tampoco lo hace la estancia por estudios.

La continuidad también requiere examinar las ausencias del territorio español y las circunstancias de cada desplazamiento. No existe una regla única que permita afirmar que cualquier ausencia inferior a un número determinado de días resulta siempre irrelevante.

Quienes obtuvieron recientemente una autorización mediante arraigo y regularización de extranjeros deben diferenciar el tiempo de permanencia utilizado para obtener esa autorización del periodo de residencia legal necesario para solicitar posteriormente la nacionalidad.

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Requisitos para solicitar la nacionalidad española

Además del periodo mínimo de residencia, la Administración examina otros requisitos que pueden condicionar la concesión.

Uno de ellos es la buena conducta cívica. La existencia de antecedentes penales puede afectar al expediente, aunque su valoración exige atender a la naturaleza de los hechos, las circunstancias personales y la situación actual del solicitante. Tampoco debe confundirse automáticamente la existencia de antecedentes policiales con la acreditación de una conducta contraria a las exigencias legales.

El segundo aspecto esencial es la integración en la sociedad española, que se acredita principalmente mediante las pruebas oficialmente establecidas, sin perjuicio de las exenciones y dispensas previstas.

Exámenes CCSE y DELE: quién debe realizarlos

Para obtener la nacionalidad española por residencia generalmente deben acreditarse conocimientos constitucionales y socioculturales de España mediante la prueba CCSE y conocimientos básicos de lengua española mediante el examen DELE A2 o una acreditación válida equivalente.

Los nacionales de países donde el español es lengua oficial están exentos del DELE en los términos previstos reglamentariamente, aunque normalmente deben realizar el CCSE.

Existen otras exenciones, dispensas y adaptaciones, especialmente para menores de edad, personas con determinadas dificultades de aprendizaje o quienes cumplen las condiciones académicas previstas. Algunas dispensas requieren resolución administrativa previa, por lo que no resulta aconsejable presentar la solicitud presuponiendo que serán concedidas.

Documentación necesaria para pedir la nacionalidad española

La preparación documental constituye una de las fases más sensibles del procedimiento. Dependiendo de la situación del interesado, pueden resultar necesarios:

  • Pasaporte completo y documentación de identidad.
  • Tarjeta de identidad de extranjero o acreditación de la residencia legal.
  • Certificado de nacimiento expedido por las autoridades competentes.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, cuando sea exigible.
  • Justificante del pago de la tasa administrativa.
  • Certificados de las pruebas CCSE y DELE, cuando correspondan.
  • Certificados de matrimonio, nacimiento de familiares u otros documentos que justifiquen un plazo reducido de residencia.
  • Documentación específica para menores, personas con discapacidad o situaciones particulares.

Los certificados extranjeros pueden necesitar apostilla o legalización y traducción jurada. También debe prestarse atención a las diferencias en nombres, apellidos y fechas entre documentos emitidos por distintos países.

Cómo presentar la solicitud de nacionalidad española

El procedimiento de nacionalidad por residencia se tramita ante el Ministerio de Justicia. La presentación puede realizarse electrónicamente, directamente por el interesado o mediante representante debidamente habilitado.

Antes de registrar la solicitud es conveniente comprobar que todos los documentos exigibles están incorporados, que las autorizaciones de consulta de datos son correctas y que el medio de notificación permite recibir las comunicaciones administrativas.

Una vez presentado, el expediente puede atravesar diferentes fases de comprobación y recibir requerimientos de documentación adicional. La falta de atención a estos requerimientos puede provocar consecuencias desfavorables, incluido el desistimiento cuando proceda legalmente.

¿Cuánto tarda la nacionalidad española y qué ocurre si el expediente no avanza?

El Reglamento del procedimiento de nacionalidad por residencia establece un plazo máximo de un año para resolver y notificar la solicitud. Sin embargo, algunos expedientes permanecen pendientes durante periodos superiores.

Transcurrido el plazo legal sin resolución expresa, opera el silencio administrativo desestimatorio. Esto no significa necesariamente que exista una resolución expresa de denegación ni que la Administración quede liberada de resolver.

Cuando se producen demoras importantes, puede estudiarse la interposición de un recurso contencioso-administrativo, valorando previamente el estado del expediente y las circunstancias particulares.

IN DIEM dispone de información específica sobre las posibilidades de actuación ante una solicitud de nacionalidad española pendiente de resolución.

Denegación de la nacionalidad española: causas y opciones legales

Las denegaciones pueden fundamentarse en la falta de residencia legal suficiente, antecedentes, insuficiente acreditación de la integración, documentación contradictoria o incumplimiento de otros requisitos.

No siempre resulta adecuado presentar inmediatamente una segunda solicitud. En determinadas circunstancias puede ser más conveniente impugnar la resolución y defender el cumplimiento de los requisitos mediante la documentación y los argumentos jurídicos pertinentes.

El estudio de estas decisiones forma parte del ámbito de los recursos frente a denegaciones en extranjería, aunque los recursos de nacionalidad presentan particularidades competenciales y procesales propias.

Qué hacer después de obtener la nacionalidad española

La resolución favorable no concluye por sí sola todos los trámites. Para que la adquisición sea plenamente eficaz deben cumplirse los requisitos legalmente previstos, incluida la jura o promesa cuando proceda y la inscripción en el Registro Civil.

Con carácter general, el interesado dispone de 180 días desde la notificación de la concesión para cumplir las formalidades exigidas. La jura o promesa puede realizarse ante el Registro Civil o ante notario, conforme a los procedimientos habilitados.

También debe examinarse si existe obligación de declarar la renuncia a la nacionalidad anterior, teniendo en cuenta las excepciones legalmente reconocidas. Una vez practicada la inscripción, podrán realizarse los trámites para obtener el DNI y el pasaporte español.

Revisión jurídica del expediente antes de solicitar la nacionalidad

Una solicitud puede parecer sencilla cuando se ha cumplido el número de años exigido. Sin embargo, las interrupciones de residencia, la situación de los antecedentes o la documentación extranjera pueden modificar considerablemente su viabilidad.

En IN DIEM Abogados comprobamos el cómputo de residencia, estudiamos las posibles reducciones de plazo, revisamos los documentos y orientamos sobre las pruebas y los trámites necesarios. También analizamos expedientes ya presentados cuando existen requerimientos, demoras o resoluciones desfavorables.

La finalidad es que el procedimiento se inicie con una base documental y jurídica suficiente, evitando presentar solicitudes prematuras o incompletas que puedan comprometer el resultado.

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¿Puedo solicitar la nacionalidad española con dos años de residencia?

Sí, cuando eres nacional de origen de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, o perteneces a otro supuesto legal que permite solicitar la nacionalidad española con dos años de residencia. El periodo debe ser legal, continuado e inmediatamente anterior a la solicitud.

¿Puedo pedir la nacionalidad española si estoy casado con una persona española?

Sí. El matrimonio permite solicitar la nacionalidad tras un año de residencia legal en España, siempre que al presentar la solicitud lleves al menos un año casado con una persona española y no exista separación legal o de hecho. El matrimonio no concede automáticamente la nacionalidad.

¿Cuánto cuesta solicitar la nacionalidad española en 2026?

La tasa administrativa publicada por el Ministerio de Justicia es de 104,05 euros. A esta cantidad pueden añadirse los costes de los exámenes, certificados, traducciones, legalizaciones y asistencia profesional, según las necesidades del expediente.

¿Puedo solicitar la nacionalidad española si tengo antecedentes penales cancelados?

Puede ser posible. La cancelación de antecedentes es una circunstancia relevante, pero la Administración debe valorar el requisito de buena conducta cívica. Conviene revisar la documentación y los hechos que originaron los antecedentes antes de presentar la solicitud.

¿Los años de estancia por estudios cuentan para la nacionalidad española?

Con carácter general, la estancia por estudios no computa como residencia legal a efectos de nacionalidad. El periodo exigido empieza a computarse cuando se obtiene una autorización que tenga naturaleza de residencia, siempre que se cumplan las demás condiciones legales.

¿Puedo viajar fuera de España mientras espero la nacionalidad?

Sí, siempre que el desplazamiento sea compatible con tu situación administrativa y los requisitos aplicables. No obstante, las ausencias prolongadas pueden plantear problemas relacionados con la continuidad de la residencia. Es conveniente valorar la duración y finalidad de los viajes.

¿Puedo solicitar la nacionalidad española sin hacer los exámenes?

Sí, en determinados supuestos de exención o dispensa. Los menores de edad están exentos de las pruebas, y existen otros casos previstos legalmente. Los nacionales de países donde el español es lengua oficial pueden quedar exentos del DELE, pero generalmente deben realizar el CCSE.

¿Qué ocurre si mi solicitud de nacionalidad lleva más de un año pendiente?

Superado el plazo legal de resolución sin respuesta expresa, se produce el silencio administrativo desestimatorio. Puede examinarse la posibilidad de acudir a la vía contencioso-administrativa, sin perjuicio de que la Administración continúe obligada a resolver.

¿Tengo que renunciar a mi nacionalidad de origen para obtener la española?

Depende de tu nacionalidad y de las excepciones previstas en el Código Civil. Determinados nacionales de países iberoamericanos y de otros Estados expresamente reconocidos no están obligados a efectuar esa declaración de renuncia. Deben comprobarse también las consecuencias jurídicas conforme a la legislación del país de origen.

¿Puedo perder la nacionalidad concedida si no hago la jura a tiempo?

La concesión por residencia puede perder su eficacia si no se cumplen las formalidades exigidas dentro del plazo legal de 180 días. Por ello, es fundamental controlar la fecha de notificación de la resolución y realizar los trámites de jura o promesa e inscripción correspondientes.

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¿Has cumplido los años de residencia necesarios para solicitar la nacionalidad?

Antes de presentar tu solicitud conviene comprobar que el tiempo de residencia computa correctamente, que la documentación está vigente y que no existen circunstancias que puedan dificultar la concesión. En IN DIEM Abogados revisamos los requisitos, preparamos el expediente y estudiamos las opciones disponibles si tu solicitud lleva demasiado tiempo pendiente o ha sido denegada. Puedes consultarnos tu situación.

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