Menores de Edad y Agresión Sexual | Abogado Especialista
Menores de Edad y Agresión Sexual | Abogado Especialista

Defensa de menores acusados de agresión sexual y otros delitos sexuales
Una denuncia contra un menor acusado de agresión sexual exige una defensa especialmente cuidadosa. La gravedad de la acusación, la edad de las personas implicadas y la frecuente existencia de mensajes, fotografías o conversaciones digitales hacen necesario conocer los hechos y preservar las pruebas antes de que el menor preste declaración.
No debe presumirse ni la culpabilidad del menor denunciado por agresión sexual ni que una relación previa entre los adolescentes descarte la posible existencia de un delito. Cada conducta debe analizarse de forma individual y conforme a las circunstancias concretas.
¿Qué hacer si acusan a su hijo de un delito sexual?
Si acusan a su hijo de agresión sexual, conviene evitar que contacte con la persona denunciante para pedir explicaciones, discutir los hechos o intentar que retire la denuncia.
Tampoco deben borrarse mensajes, fotografías, vídeos o perfiles sociales. La información digital puede ser relevante para la defensa y su eliminación puede dificultar posteriormente la reconstrucción de lo ocurrido.
Nuestros abogados penalistas de menores analizan la denuncia, las edades, la relación entre las personas implicadas, las comunicaciones y las demás pruebas antes de preparar la declaración.
Delitos sexuales y responsabilidad penal del menor
Si el investigado tenía entre 14 y 17 años cuando ocurrieron los hechos, su posible responsabilidad se tramita conforme a la Ley Orgánica 5/2000.
La conducta se califica conforme al Código Penal, pero las consecuencias jurídicas se articulan mediante las medidas propias de la jurisdicción de menores.
Agresión sexual entre menores y adolescentes
El Código Penal considera agresión sexual cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. En una agresión sexual entre menores debe reconstruirse qué ocurrió antes, durante y después del encuentro y analizar las circunstancias concretas de ambos adolescentes.
La existencia de una relación sentimental, contactos sexuales anteriores o mensajes previos puede ser relevante, pero no permite determinar por sí sola qué ocurrió en el acto concreto denunciado.
Edad y consentimiento sexual
El Código Penal establece una protección específica para los menores de 16 años. No obstante, contempla una excepción cuando existe libre consentimiento y la otra persona es próxima por edad y por grado de desarrollo o madurez, siempre que no concurran determinadas circunstancias legalmente previstas.
Por ello, en casos de consentimiento sexual entre adolescentes deben analizarse las edades exactas, la madurez, el contexto y la naturaleza de la conducta.
Tocamientos y otras conductas sexuales entre menores
Determinados tocamientos u otros actos de contenido sexual pueden tener relevancia penal según la edad, el consentimiento y las circunstancias. En estos asuntos es esencial concretar qué conducta se denuncia y qué pruebas existen.
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Denuncias surgidas después de relaciones entre adolescentes
Algunas denuncias aparecen después de relaciones previas entre adolescentes, tras una ruptura sentimental, una discusión o cuando los hechos llegan al conocimiento de las familias. Ese contexto debe analizarse, pero no permite anticipar conclusiones sobre la veracidad de la denuncia.
Las comunicaciones mantenidas antes y después pueden aportar información sobre la relación y ayudar a establecer una secuencia temporal. Sin embargo, una denuncia por relaciones sexuales entre adolescentes debe analizarse siempre en relación con el hecho concreto investigado.
WhatsApp, Instagram y otras pruebas digitales
En muchos procedimientos por delitos sexuales cometidos por menores, las conversaciones digitales resultan relevantes tanto para la acusación como para la defensa.
Conversaciones anteriores y posteriores
Los mensajes pueden aportar información sobre la relación, encuentros anteriores y comunicaciones posteriores. Deben estudiarse de forma completa, ya que una captura aislada puede alterar el contexto de la conversación.
Fotografías y vídeos
Si existen fotografías o vídeos íntimos no deben copiarse, reenviarse ni mostrarse innecesariamente a terceros. La presencia de menores exige especial cautela y puede dar lugar a otras consecuencias penales según el contenido y la forma en que se obtuvieron o difundieron.
Eliminación de mensajes
No es aconsejable borrar conversaciones, fotografías, cuentas o archivos al conocer la existencia de una denuncia. La eliminación puede impedir reconstruir adecuadamente el contexto y hacer desaparecer una posible fuente de prueba.
Obtención y preservación de pruebas
En determinados asuntos puede ser necesario conservar el dispositivo original, exportar conversaciones, documentar perfiles o valorar una prueba pericial. La estrategia dependerá de la relevancia de cada elemento.
Sexting y difusión de imágenes íntimas
El sexting entre menores exige un análisis especialmente preciso. La creación o envío voluntario de una imagen no equivale necesariamente a autorizar su posterior difusión.
Si existen imágenes íntimas debe evitarse su circulación y analizarse quién las produjo, cómo se obtuvieron, quién las recibió y qué ocurrió después.
Declaración del menor investigado
La primera declaración puede condicionar de forma importante el procedimiento. Antes de comparecer, el menor investigado por delito sexual debe conocer qué hechos se le atribuyen, qué información está disponible y cuáles son sus derechos.
No existe una estrategia única. En determinados casos puede ser adecuado declarar; en otros, ejercer el derecho a no hacerlo hasta disponer de suficiente información.
Fiscalía de Menores y delitos sexuales
Cuando el investigado tenía entre 14 y 17 años, corresponde al Ministerio Fiscal dirigir la instrucción. Durante esta fase pueden incorporarse declaraciones, informes policiales, pruebas digitales, partes médicos, periciales y otros elementos relevantes.
Medidas cautelares
La apertura de una investigación no significa que vaya a acordarse automáticamente una medida cautelar. Según la gravedad y las circunstancias, pueden solicitarse prohibiciones de aproximación o comunicación, libertad vigilada o internamiento cautelar.
Cómo se prepara la defensa
La defensa comienza por conocer exactamente el hecho denunciado y ordenar cronológicamente la información. Después deben analizarse las edades, el consentimiento cuando sea jurídicamente relevante, los mensajes, los posibles testigos y cualquier elemento médico o digital.
Nuestros abogados penalistas coordinan esta actuación con las particularidades de la jurisdicción juvenil, evitando tanto minimizar una acusación grave como anticipar conclusiones antes de examinar las pruebas.
Confidencialidad y protección de la intimidad del menor
Estos procedimientos afectan a aspectos especialmente sensibles de la vida de adolescentes y familias. La información debe tratarse con especial reserva y limitar su circulación a quienes necesiten conocerla para gestionar el procedimiento.
No es conveniente comentar los hechos en grupos escolares, redes sociales o conversaciones con otras familias. La defensa de un menor acusado de agresión sexual debe proteger su posición procesal y, al mismo tiempo, preservar su intimidad durante todas las fases del expediente.
Una denuncia por un delito sexual requiere analizar los hechos y las pruebas antes de tomar decisiones procesales.
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¿Qué hacer si acusan a mi hijo de agresión sexual?
Si existe una denuncia por agresión sexual contra un menor, conviene conocer exactamente qué hechos se investigan, conservar mensajes y demás pruebas y evitar contactar con la persona denunciante. Antes de declarar, el menor debe recibir asesoramiento jurídico y conocer su situación procesal.
¿Necesita abogado antes de declarar?
Sí. Un menor investigado por delito sexual tiene derecho a contar con asistencia letrada y a entrevistarse reservadamente con su abogado antes de prestar declaración. En este tipo de procedimientos es especialmente importante preparar la comparecencia después de analizar la denuncia y las pruebas disponibles.
¿Cuál es la edad de consentimiento sexual?
El Código Penal establece una protección específica para los menores de 16 años. No obstante, existe una excepción cuando hay libre consentimiento y la otra persona es próxima por edad y por grado de desarrollo o madurez, siempre que no concurran determinadas circunstancias de violencia, intimidación, superioridad o vulnerabilidad.
¿Qué ocurre si ambos son menores?
Que ambas personas sean menores no significa automáticamente que exista un delito ni que quede descartada su posible relevancia penal. En una agresión sexual entre menores deben analizarse las edades concretas, el consentimiento, la madurez y las circunstancias en las que se produjeron los hechos.
¿Puede una conversación de WhatsApp utilizarse como prueba?
Sí. Los mensajes de WhatsApp, Instagram u otras plataformas pueden utilizarse como prueba para analizar la relación entre las personas implicadas y las comunicaciones anteriores o posteriores. Conviene conservar las conversaciones completas y evitar borrar o editar mensajes.
¿Qué ocurre si existen mensajes previos entre ambos?
Los mensajes anteriores pueden ser relevantes para conocer el contexto y la relación existente, pero no determinan por sí solos lo sucedido posteriormente. El consentimiento sexual entre adolescentes debe valorarse respecto del acto concreto que se investiga.
¿Qué pasa si se compartieron imágenes íntimas?
Debe analizarse quién creó la imagen, cómo fue obtenida, quién la recibió y si posteriormente se difundió a otras personas. Cuando aparecen menores, el envío o difusión de imágenes íntimas puede tener consecuencias penales adicionales y exige una valoración jurídica especialmente cuidadosa.
¿Puede detenerse a un menor acusado de agresión sexual?
Sí. Dependiendo de la gravedad de los hechos y de las circunstancias de la investigación, un menor acusado de agresión sexual puede ser detenido. La detención debe realizarse con las garantías específicas previstas en la legislación penal de menores.
¿Puede acordarse internamiento?
Sí, en determinados supuestos. El Juzgado de Menores puede acordar una medida de internamiento cuando concurran los requisitos legales y la gravedad y circunstancias del caso lo justifiquen. La apertura de una investigación no supone que esta medida vaya a imponerse automáticamente.
¿Quién investiga estos hechos?
Cuando el posible autor tenía entre 14 y 17 años, la investigación corresponde a la Fiscalía de Menores. Fiscalía dirige las diligencias necesarias para esclarecer los hechos y determinar la posible responsabilidad penal del adolescente.
¿Qué ocurre con los antecedentes?
Una resolución firme en la jurisdicción de menores puede dar lugar a la inscripción correspondiente en el registro específico de responsabilidad penal de menores. Su régimen es distinto al de los antecedentes penales de adultos y debe analizarse según la resolución y las circunstancias concretas del caso.
¿Ha sido su hijo acusado de agresión sexual?
Una denuncia por un delito sexual requiere analizar los hechos y las pruebas antes de tomar decisiones procesales.
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