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Responsabilidad de los padres por delitos de los hijos menores

Analizamos la responsabilidad civil de padres y menores por lesiones, bullying, robos y daños materiales, así como la cuantía reclamada y la posible cobertura de seguros.
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Responsabilidad de los padres por delitos y daños causados por hijos menores

Cuando un hijo menor causa lesiones, rompe bienes, participa en una pelea o es declarado responsable de otro hecho ilícito, una de las primeras preguntas de la familia suele ser económica: ¿tenemos que pagar nosotros los daños?

La respuesta depende de la edad del menor, de la naturaleza de los hechos y de la vía jurídica aplicable. En los procedimientos de responsabilidad penal de menores existe un régimen específico de responsabilidad de los padres por delitos de sus hijos y por los daños derivados de esos hechos.

¿Responden los padres por los delitos cometidos por sus hijos menores?

Los padres no responden penalmente por un delito cometido por su hijo simplemente por ser sus progenitores. La responsabilidad penal es personal: el procedimiento determina si el adolescente participó en los hechos y qué medida puede corresponderle.

Distinta es la responsabilidad civil de los padres por menores. Cuando el responsable del hecho es menor de 18 años y se aplica la Ley Orgánica 5/2000, la ley establece que responden solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por el orden previsto legalmente.

Diferencia entre responsabilidad penal y responsabilidad civil

La responsabilidad penal determina si el menor cometió un delito y qué medida procede conforme a la legislación juvenil. La responsabilidad civil del menor tiene por objeto reparar económicamente los daños y perjuicios derivados de los hechos.

Así, un procedimiento puede analizar simultáneamente las consecuencias para el adolescente y la indemnización que reclama la víctima. Nuestros abogados penalistas de menores pueden coordinar ambas vertientes.

¿Quién debe pagar la indemnización?

La Ley Orgánica 5/2000 establece un sistema específico de responsabilidad solidaria de los padres y del menor. Esto significa que la reclamación puede dirigirse contra el adolescente y contra las personas llamadas legalmente a responder con él.

No debe interpretarse como una obligación de aceptar cualquier cantidad solicitada. Antes de pagar una indemnización por delito cometido por un menor hay que comprobar si se acredita el hecho, la participación del menor, la existencia real del daño y la cuantía correcta de cada concepto.

Responsabilidad por lesiones causadas en una pelea

Una pelea entre adolescentes puede generar una reclamación por lesiones además del procedimiento penal. Pueden reclamarse los perjuicios derivados de la lesión, el tratamiento, las secuelas y otros daños acreditados.

Si existió una agresión recíproca o intervinieron varios menores, la responsabilidad debe individualizarse. En hechos de menor entidad también puede ser relevante valorar los delitos leves.

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Responsabilidad de los padres en casos de bullying

El acoso escolar puede generar responsabilidad de los padres por bullying cuando provoca daños acreditables. Debe analizarse qué conductas realizó concretamente el menor, durante cuánto tiempo y qué perjuicios guardan relación con ellas.

En determinados casos también puede estudiarse la actuación del centro educativo. La posible responsabilidad de los padres y la del colegio responden a fundamentos distintos y no deben confundirse.

Daños materiales causados por menores

Las roturas de teléfonos, mobiliario, vehículos, instalaciones o material escolar pueden originar una reclamación por daños causados por menores. El perjudicado debe acreditar el daño y su valoración.

No siempre el coste de sustitución equivale automáticamente a la indemnización exigible. Puede ser necesario estudiar el estado previo del bien, la posibilidad de reparación y la relación entre el daño y la conducta del menor.

Hurtos, robos y otros delitos patrimoniales

En delitos patrimoniales puede existir obligación de restituir el bien o indemnizar su valor si ya no puede recuperarse. La responsabilidad de los padres por robo de un hijo menor debe analizarse atendiendo a la participación concreta del adolescente y a los daños efectivamente acreditados.

Daños causados en colegios e institutos

Cuando los hechos ocurren en un centro educativo puede ser necesario analizar también la posición del colegio o instituto. El Código Civil contempla la responsabilidad de los titulares de determinados centros docentes por daños causados por alumnos menores durante los periodos en que se encuentran bajo control o vigilancia del profesorado.

Responsabilidad del centro educativo

La posible responsabilidad del centro educativo debe estudiarse separadamente de la de los padres. En centros privados o concertados puede ser relevante el régimen civil; en centros públicos puede resultar aplicable la responsabilidad patrimonial de la Administración.

¿Puede intervenir un seguro?

Sí. Antes de asumir personalmente el pago de una reclamación conviene revisar los seguros de hogar o de responsabilidad civil familiar. Algunas pólizas pueden cubrir daños causados por hijos menores, aunque deben comprobarse sus límites y exclusiones.

La Ley Orgánica 5/2000 prevé además que la aseguradora que haya asumido el riesgo pueda responder directamente hasta el límite legal o pactado.

¿Cómo se calcula la indemnización?

No existe una cantidad fija por el hecho de que un menor haya cometido un delito. La indemnización por delito de un menor depende del daño efectivamente causado.

Pueden valorarse lesiones, secuelas, gastos, daños materiales y otros perjuicios acreditados. Cada concepto debe justificarse mediante informes, facturas, presupuestos o documentación suficiente.

¿Cómo se reclama la responsabilidad civil en un procedimiento de menores?

La Ley Orgánica 5/2000 regula una pieza específica de responsabilidad civil en el procedimiento de menores. En ella pueden intervenir los perjudicados, los posibles responsables civiles y, cuando proceda, las compañías aseguradoras.

Esto permite discutir dentro del procedimiento quién debe responder, qué daños están acreditados y qué cuantía resulta procedente.

Qué hacer cuando reclaman una indemnización a los padres

Recibir una reclamación no significa que deba aceptarse inmediatamente. Es necesario revisar qué hechos se atribuyen al menor, si la responsabilidad está acreditada, qué conceptos se reclaman y cómo se justifican.

También conviene comprobar las pólizas de seguro y comunicar el asunto a la aseguradora cuando pueda existir cobertura. La defensa debe coordinar la cuestión económica con el procedimiento penal.

Nuestros abogados penalistas pueden analizar conjuntamente la responsabilidad de los padres por los daños de sus hijos menores y la cuantía reclamada para determinar qué conceptos proceden y cuáles pueden discutirse.

¿Le reclaman una indemnización por hechos atribuidos a su hijo? Podemos analizar tanto la responsabilidad como la cuantía reclamada.

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¿Tengo que pagar lo que ha hecho mi hijo?

No toda reclamación contra los padres debe aceptarse automáticamente. Si el menor resulta responsable de un hecho sometido a la legislación penal de menores, puede existir responsabilidad civil de los padres, pero deben analizarse los hechos, los daños reclamados y la posible cobertura de un seguro.

¿Quién responde si un menor causa lesiones?

Si un menor causa lesiones y se acredita su responsabilidad, puede reclamarse una indemnización por los daños sufridos. La Ley Orgánica 5/2000 prevé que el menor pueda responder solidariamente con sus padres, tutores, acogedores o guardadores legales o de hecho.

¿Los padres pagan las multas de sus hijos?

En la jurisdicción de menores no se aplican las mismas penas que a los adultos. Debe distinguirse entre las medidas que pueden imponerse al adolescente y la responsabilidad civil por los daños causados. Pagar una indemnización no equivale a pagar una multa penal.

¿Quién paga si mi hijo rompe bienes ajenos?

Puede existir obligación de reparar el bien o indemnizar su valor si se acredita el daño y la responsabilidad del menor. La cuantía debe justificarse y puede discutirse si no refleja correctamente el perjuicio causado.

¿Qué ocurre en una pelea?

Si el menor causa lesiones durante una pelea, además de las consecuencias propias del procedimiento penal juvenil puede existir una reclamación económica. Debe analizarse qué hizo cada participante, qué lesiones produjo y si existió una agresión recíproca.

¿Quién responde en un caso de bullying?

En un caso de bullying puede existir responsabilidad del menor autor, de sus padres o representantes y, en determinadas circunstancias, del centro educativo. Cada posible responsabilidad debe analizarse por separado.

¿Puede responder el colegio?

Sí, en determinados casos. La posible responsabilidad del centro educativo depende de las circunstancias, del deber de vigilancia, de la información que tenía sobre los hechos y de las medidas que adoptó para prevenir o detener el daño.

¿Puede cubrirlo el seguro?

Sí. Algunas pólizas de hogar o de responsabilidad civil familiar pueden cubrir daños causados por hijos menores. Es necesario revisar las condiciones, límites y exclusiones del seguro y comunicar el siniestro dentro de los plazos previstos.

¿Qué ocurre si los padres están separados?

La separación o el divorcio no significa automáticamente que solo uno de los progenitores responda. Deben analizarse la guarda, las circunstancias del hecho y quién aparece jurídicamente como responsable civil en el caso concreto.

¿Cómo se calcula la indemnización?

La indemnización por un delito cometido por un menor depende del daño efectivamente causado. Pueden valorarse lesiones, secuelas, gastos, daños materiales y otros perjuicios acreditados mediante informes, facturas u otra documentación.

¿Puede discutirse la cuantía reclamada?

Sí. Aunque exista responsabilidad, la cantidad solicitada puede discutirse si incluye conceptos no acreditados, gastos que no guardan relación con los hechos o una valoración excesiva del daño. La existencia de responsabilidad y la cuantía de la indemnización son cuestiones distintas.

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