Nuevas Medidas de Investigación Penal: Policial y Judicial. Defensa Penal y Corporate Compliance.
Área: Penal: Defensa y Litigios. Investigación y Defensa Penal. Corporate Compliance.
Autor: Equipo IN DIEM, Área Penal.
La LEY DE ENJUCIAMIENTO CRIMINAL desde el 6 de DICIEMBRE de 2015 permite un mayor grado de intrusión en la esfera de las personas, así como empresas/organizaciones que habrá de conciliarse con los derechos a la intimidad, a la inviolabilidad del domicilio y al secreto de las comunicaciones recogidas en el art. 18 de la Constitución.
Dichas reformas y novedades, aprobadas por la LEY ORGANICA 13/2015, se plasma en las siguientes modificaciones y novedades según las materias:
1.- Ampliación de las atribuciones del agente encubierto [art. 282 bis. 6 y 7 de la LECRIM].
2.- Determinación y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica [art. 579 y 579 bis LECRIM].
3.- Interceptación de comunicaciones telefónicas y telemáticas, [art. 588 ter a) a m) LECRIM].
4.- Captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos [art. 588 quater a) a e) LECRIM].
5.- Utilización de dispositivos técnicos de captación de la imagen, de seguimiento y de localización [art. 588 quinquies a) a c) LECRIM].
6.- Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información [art. 588 sexies a) a c) LECRIM].
7.- Registros remotos sobre equipos informáticos, [art. 588 septies a) a c) LECRIM].
8.- Medidas de aseguramiento [art. 588 octies LECRIM].
Evidentemente tal innovación tanto tecnológica como jurídica, al desarrollarse por la LECRIM los adecuados métodos procesales y procedimentales que permitirán emplear los resultados obtenidos como consecuencia del empleo de tales métodos, tienen un claro fin incrementar la labor de investigación del estado respecto a potenciales delincuentes.
Sin lugar a dudas, algunas de estas medidas de investigación, con la disposición de los medios adecuados, destacan por cuanto podrán resultar muy eficaces, al mismo tiempo que pueden ser desarrolladas bajo una investigación directa sobre medios de comunicación difícil de ser desubiertas y evitadas por los infractores.
Entramos en una nueva era de la INVESTIGACION PENAL, tanto policial como judicial; en el que los riesgos y vulnerabilidad son mayores como consecuencias de la capacidad de investigación y descubrimiento de infracciones; aun cuando, al mismo tiempo, en el ámbito procesal y probatorio se abren nuevas incógnitas que habrá de evolucionar durante la misma marcha que se desarrollen los litigios. Un nuevo reto más.
“El cambio es Ley de vida. Cualquiera que solo mire al pasado o al presente se perderá el futuro”,
John Fitzgerald Kennedy, 1917-1963.
Investigación y Defensa Penal. Corporate Compliance.
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