Fiscalidad de herencias internacionales
Fiscalidad de herencias internacionales

Una herencia puede quedar sometida a obligaciones fiscales en España aunque el fallecido viviera en otro país, el heredero resida fuera o una parte importante del patrimonio se encuentre en el extranjero. La fiscalidad de las herencias internacionales depende de varios puntos de conexión y no puede determinarse únicamente por la nacionalidad de las personas implicadas.
Antes de presentar el Impuesto sobre Sucesiones hay que comprobar dónde residía fiscalmente cada heredero, cuál era la residencia del causante, qué bienes integran la herencia y en qué países están situados. La dimensión civil de estas sucesiones —ley aplicable, testamentos, documentación extranjera o coordinación entre jurisdicciones— se desarrolla en nuestra página de herencias internacionales. Aquí el análisis se centra específicamente en sus consecuencias tributarias.
Quién debe pagar el Impuesto sobre Sucesiones en España
En el Impuesto sobre Sucesiones la situación de cada heredero debe analizarse individualmente. Cuando el adquirente tiene su residencia habitual en España, la normativa española contempla la tributación por obligación personal, que alcanza los bienes y derechos heredados con independencia de dónde estén situados.
Esto significa que un residente en España que recibe una vivienda, una cuenta o una cartera de inversión situada en otro país no debe excluir automáticamente esos activos de su declaración española.
Por el contrario, los herederos no residentes quedan sujetos por obligación real respecto de los bienes y derechos situados, ejercitables o que deban cumplirse en España en los términos establecidos legalmente. Es un escenario frecuente cuando una persona extranjera poseía una segunda residencia o inversiones en nuestro país y sus hijos continúan viviendo en el extranjero.
Administración competente y normativa autonómica no son lo mismo
Este es uno de los puntos que más errores puede generar. En determinadas sucesiones con un causante o un heredero no residente, la gestión del impuesto corresponde a la Administración tributaria estatal. Sin embargo, eso no significa necesariamente que solo pueda utilizarse la normativa estatal para calcular el impuesto.
La legislación establece puntos de conexión que pueden permitir aplicar la normativa de una comunidad autónoma. Dependiendo del supuesto, pueden resultar relevantes la residencia del causante, la comunidad donde se encuentre el mayor valor de los bienes situados en España o, en determinadas circunstancias, la residencia del propio heredero.
Esta diferencia es importante porque las comunidades autónomas pueden establecer reducciones, bonificaciones y otras medidas propias. Antes de calcular el impuesto conviene determinar primero qué Administración debe recibir la autoliquidación y, separadamente, qué normativa puede utilizar el contribuyente.
Atención profesional , personalizada en toda españa.
La Firma Abogados IN DIEM tiene sede en Madrid, Sevilla, Málaga y Las Palmas de Gran Canarias… y asi como otras ciudades y localidades. Abogados IN DIEM presta servicios en toda España y con carácter Internacional, y dispone de servicios on-line. Cada asunto es para nosotros muy importante, lo atendemos cuidadosa y seriamente.
Experiencia: Magistrados, Fiscales, Abogados del Estado.
Abogados IN DIEM es un despacho de profesionales con máxima Experiencia previa como Magistrados, Fiscales, Abogados del Estado, Docentes Universitarios… que aportan la tranquilidad y seguridad de disponer del mejor equipo, competitivo y muy preparado para conseguir tus objetivos y cubrir tus necesidades.
Herederos residentes en España que reciben bienes en el extranjero
Cuando un heredero residente en España recibe patrimonio situado fuera del país, la existencia de esos bienes puede tener consecuencias fiscales españolas aunque la transmisión también deba formalizarse o tributar en la jurisdicción extranjera.
El análisis debe empezar por identificar cada activo: inmuebles, cuentas bancarias, valores, participaciones societarias, seguros u otros derechos. También hay que comprobar su valoración, las cargas y deudas que puedan resultar fiscalmente relevantes y los impuestos que eventualmente hayan sido exigidos fuera de España.
No debe confundirse la ley civil que regula la sucesión con las normas fiscales. El Reglamento europeo de sucesiones no determina dónde se paga el impuesto ni qué beneficios fiscales resultan aplicables. Una herencia puede estar regida civilmente por la legislación de un país y, al mismo tiempo, generar obligaciones tributarias en otro.
Herederos no residentes que reciben bienes en España
El supuesto inverso es igualmente habitual. Un heredero que vive en Reino Unido, Francia, Alemania, Estados Unidos u otro país puede adquirir un inmueble, una cuenta bancaria o cualquier otro bien sujeto a tributación española por formar parte de una sucesión.
Cuando intervienen no residentes, la gestión del Impuesto sobre Sucesiones de no residentes puede corresponder a la Oficina Nacional de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria. La autoliquidación de adquisiciones por causa de muerte se realiza mediante el modelo correspondiente, sin perjuicio de determinar previamente qué normativa estatal o autonómica puede aplicarse.
La posibilidad de utilizar normativa autonómica no está actualmente limitada a herederos residentes en la Unión Europea o en el Espacio Económico Europeo. Los criterios administrativos vigentes permiten también a contribuyentes residentes en terceros países optar por la normativa autonómica cuando concurren los puntos de conexión establecidos legalmente.
Qué ocurre si la misma herencia tributa en dos países
Que un activo quede gravado en el Estado donde se encuentra y, al mismo tiempo, deba incluirse en la tributación española del heredero puede originar una situación de doble imposición internacional.
Cuando existe obligación personal de tributar en España, la Ley del Impuesto sobre Sucesiones contempla una deducción por determinados impuestos similares satisfechos en el extranjero. Su cálculo está sujeto a límites: no consiste necesariamente en restar de forma íntegra cualquier cantidad pagada fuera de España.
También debe comprobarse si existe un convenio internacional aplicable y qué naturaleza tiene el impuesto extranjero. No todos los tributos relacionados con la transmisión de patrimonio tienen automáticamente el mismo tratamiento a estos efectos. Desde el área de fiscalidad internacional podemos coordinar este análisis cuando la sucesión genera obligaciones tributarias en más de una jurisdicción.
Plazo para presentar el Impuesto sobre Sucesiones
El plazo general para las adquisiciones por causa de muerte es de seis meses desde el fallecimiento. La normativa permite solicitar una prórroga por otro período de seis meses si se pide dentro de los cinco primeros meses del plazo inicial.
En una herencia internacional este plazo merece especial atención porque obtener certificados extranjeros, testamentos, apostillas, traducciones, documentación bancaria o valoraciones puede llevar tiempo. Esperar a disponer de todo el expediente antes de revisar la situación tributaria puede hacer que se aproxime el vencimiento sin haber decidido siquiera qué Administración es competente.
Inmuebles urbanos en España y plusvalía municipal
El Impuesto sobre Sucesiones no es necesariamente la única obligación fiscal derivada de una herencia. Cuando se transmite por fallecimiento un terreno de naturaleza urbana o un inmueble que lo incorpora, debe comprobarse también la posible aplicación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido habitualmente como plusvalía municipal.
Su gestión corresponde al ayuntamiento donde se encuentra el inmueble y las ordenanzas municipales pueden ser relevantes para determinar la gestión y posibles beneficios fiscales. En transmisiones por causa de muerte, el plazo legal general de declaración es de seis meses, prorrogable hasta un año a solicitud del sujeto pasivo.
Qué revisamos antes de presentar una herencia internacional
Una liquidación correcta exige algo más que trasladar los datos de la escritura a un formulario. En IN DIEM revisamos la residencia fiscal del causante y de los herederos, la localización y naturaleza del patrimonio, la Administración competente, la normativa estatal o autonómica aplicable, las reducciones o bonificaciones que puedan corresponder y los impuestos satisfechos en otras jurisdicciones.
Cuando todavía se está formalizando la propia sucesión, el trabajo fiscal puede coordinarse con nuestra área de testamentos y herencias. De este modo, documentación sucesoria, adjudicación de bienes y obligaciones tributarias pueden prepararse de forma coordinada, especialmente cuando intervienen herederos o activos situados en varios países.
Llámanos.
Atención & resolución Inmediata. Equipo In Diem.

Llámanos, te atenderemos… Servicio de Urgencia IN DIEM
Abogados IN DIEM pone a disposición de sus clientes un servicio de atención
urgente operativo las 24 horas para situaciones de emergencia, ya sea en materia penal, contracción, litigios o familia.
Servicio Presencial
Nuestro Equipo de Abogados te atiende presencialmente en: Málaga, Madrid, Sevilla, Las Palmas de Gran Canaria, Huelva, Jerez, Cádiz; así como Tomares, Mairena del Alcor, Mairena del Aljarafe, Coria del Río, Dos Hermanas, Estepona y Marbella, entre otros.
Excelencia
Máxima experiencia como Fiscales, Abogados del Estado, Magistrados, Docentes Universitarios o Representantes Sindicales de alto nivel, que te aportan la tranquilidad y seguridad.
Servicio On Line
IN DIEM desarrolla su asistencia en cualquier lugar donde lo necesites. Asistencia Nacional e Internacional. Atendemos vía videoconferencia (a través de aplicaciones disponibles como Skype, Gotomeeting o Whatssap) y telefónica.
Abogados 24hs
Asistencia legal inmediata, las 24 horas del día. Nuestro equipo de abogados está disponible para asesorarte y acompañarte ante cualquier situación, brindando atención rápida, profesional y confidencial por teléfono, videollamada o de manera presencial.
Tendencias, noticias jurídicas y experiencia
Preguntas Frecuentes Legales Internacionales
Respuestas a consultas frecuentes sobre servicios legales internacionales, operaciones transfronterizas, derecho corporativo y asesoramiento jurídico global.
¿Una herencia internacional paga siempre Impuesto sobre Sucesiones en España?
No siempre. Deben analizarse la residencia del heredero, la del causante y la localización y naturaleza de los bienes. Un heredero residente en España puede estar sujeto por obligación personal, mientras que un no residente puede quedar sujeto respecto de determinados bienes y derechos vinculados con España.
¿Un residente en España tiene que declarar una vivienda heredada en el extranjero?
La obligación personal en el Impuesto sobre Sucesiones alcanza, con carácter general, los bienes y derechos adquiridos con independencia de dónde se encuentren. Por ello, un inmueble extranjero puede tener que incluirse en la tributación española del heredero residente.
¿Un heredero no residente paga Sucesiones por una vivienda situada en España?
Puede quedar sujeto al impuesto español por obligación real respecto de bienes y derechos situados en España. Habrá que determinar además la Administración competente y la normativa que puede aplicarse al caso.
¿Los no residentes pueden aplicar bonificaciones autonómicas en el Impuesto sobre Sucesiones?
Sí pueden resultar aplicables normas autonómicas cuando concurren los puntos de conexión previstos legalmente. La AEAT reconoce actualmente esta posibilidad tanto para residentes en la UE o EEE como para residentes en terceros países.
¿Si el Impuesto se presenta ante la Agencia Tributaria hay que aplicar necesariamente la normativa estatal?
No. Competencia de gestión y normativa aplicable son cuestiones distintas. Existen sucesiones gestionadas por la Administración estatal en las que el contribuyente puede optar por la normativa de una comunidad autónoma conforme a los puntos de conexión establecidos por la ley.
¿Qué modelo se presenta para una herencia de no residentes?
Para adquisiciones por herencia, legado u otro título sucesorio cuya gestión corresponde a la Administración tributaria estatal se utiliza el modelo 650. La documentación y forma de presentación deben revisarse según el expediente concreto.
¿Qué pasa si ya he pagado un impuesto sucesorio en otro país?
Cuando existe obligación personal en España puede proceder una deducción por doble imposición internacional en los términos y con los límites previstos por la Ley del Impuesto sobre Sucesiones. Debe analizarse qué impuesto se pagó fuera y sobre qué bienes.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar el Impuesto sobre Sucesiones?
El plazo general es de seis meses desde el fallecimiento. Puede solicitarse una prórroga por un período igual, pero la solicitud debe efectuarse dentro de los cinco primeros meses.
¿La ley elegida en un testamento determina dónde se pagan los impuestos?
No. La ley civil que regula la sucesión y las normas tributarias son cuestiones diferentes. Elegir válidamente una determinada ley sucesoria no permite elegir libremente el país en el que tributará la herencia.
¿Además del Impuesto sobre Sucesiones puede haber plusvalía municipal?
Sí. Cuando la herencia incluye terrenos urbanos o inmuebles urbanos situados en España debe revisarse también la posible aplicación de la plusvalía municipal y la ordenanza del ayuntamiento correspondiente.
Antes de liquidar una herencia internacional, hay que saber dónde y cómo tributa
La residencia del fallecido y de cada heredero, la ubicación de los bienes y la normativa autonómica aplicable pueden cambiar la tributación de una sucesión internacional. En IN DIEM revisamos la posición fiscal de la herencia, los impuestos que deben presentarse en España y la posible incidencia de tributos satisfechos en otros países.
Directores jurídicos
Equipo In Diem.

¿Necesitas ayuda y una primera consulta gratuita?
Reserva una consulta inicial. En 60 minutos te damos una valoración honesta, las opciones disponibles y los próximos pasos.
Contáctanos
¿Tienes alguna pregunta o comentario?
Completa el formulario a continuación y te responderemos lo antes posible.
Llámanos al (+34) 954 270 522 o rellena nuestro formulario, y nos pondremos en contacto contigo.







