Una persona fallece en España y, al revisar su documentación, los herederos descubren transferencias a bancos extranjeros, referencias a propiedades en otros países o inversiones cuya ubicación desconocen. Aunque existen indicios de que el fallecido tenía patrimonio fuera de España, nadie dispone de información suficiente para identificarlo.
Esta situación plantea una dificultad importante: cómo localizar bienes en el extranjero dentro de una herenciacuando los herederos desconocen qué activos existen, dónde se encuentran o a nombre de quién están registrados.
La investigación puede afectar a cuentas bancarias, inmuebles, participaciones empresariales, inversiones financieras y otros derechos patrimoniales. Sin embargo, no existe un registro internacional único que permita consultar todos los bienes de una persona fallecida.
Por ello, la localización de patrimonio hereditario en el extranjero requiere combinar el análisis de la documentación disponible, las consultas ante registros y entidades extranjeras y, cuando resulte necesario, la intervención de profesionales especializados en las jurisdicciones correspondientes.
Por qué puede resultar difícil identificar los bienes de una herencia internacional
En una sucesión exclusivamente española, los herederos pueden acudir a diferentes fuentes documentales y registrales para reconstruir el patrimonio del fallecido.
Cuando existen conexiones internacionales, la investigación se vuelve más compleja porque cada país dispone de sus propios registros, sistemas de publicidad patrimonial, normas de protección de datos y procedimientos para acreditar la condición de heredero.
Además, la existencia de un bien en el extranjero no significa necesariamente que aparezca reflejado en la documentación sucesoria española.
Por ejemplo, una persona puede haber adquirido un inmueble durante una etapa de residencia en Francia, mantener una cuenta bancaria abierta en Alemania o conservar participaciones en una sociedad constituida en otro Estado.
Si esas operaciones no constan en los documentos que conservan los familiares, los herederos pueden desconocer su existencia.
El problema resulta especialmente relevante cuando el fallecido desarrolló actividades empresariales internacionales, residió en distintos países o gestionaba personalmente sus inversiones.
En estos supuestos, antes de organizar la adjudicación del patrimonio, puede ser necesario realizar una investigación patrimonial internacional para determinar qué bienes y derechos deben incorporarse al inventario hereditario.
Por dónde empezar a buscar bienes del fallecido en el extranjero
La investigación debe comenzar con una reconstrucción ordenada de las relaciones económicas y patrimoniales del causante.
No suele ser eficiente solicitar información indiscriminadamente a bancos o registros de numerosos países. Resulta más útil identificar primero las jurisdicciones en las que existen indicios razonables de patrimonio.
Revisar la documentación personal, bancaria y fiscal
Los documentos conservados por el fallecido pueden proporcionar información sobre activos que no eran conocidos por sus herederos.
Entre los elementos que conviene examinar, siempre que se tenga acceso legítimo a ellos, se encuentran:
- Extractos bancarios y justificantes de transferencias internacionales.
- Declaraciones tributarias y documentación fiscal.
- Escrituras de compraventa y contratos inmobiliarios.
- Comunicaciones de entidades financieras extranjeras.
- Contratos de inversión y documentación de intermediarios financieros.
- Escrituras de constitución de sociedades y certificados de participaciones.
- Pólizas de seguros y documentación sobre productos de ahorro.
- Testamentos otorgados en otros países.
La documentación bancaria puede resultar especialmente útil.
Una transferencia periódica a una entidad extranjera puede revelar la existencia de una cuenta, un préstamo, una inversión o una obligación contractual vinculada con otro país.
Del mismo modo, los pagos recurrentes relacionados con impuestos inmobiliarios, suministros o comunidades de propietarios pueden constituir indicios de una propiedad situada fuera de España.
No obstante, estos movimientos no acreditan por sí solos que el fallecido fuera titular del activo. Es necesario comprobar la naturaleza de la operación y obtener la documentación correspondiente.
Analizar los países donde residió o desarrolló actividades económicas
La residencia anterior del causante constituye otro punto de partida.
Si una persona trabajó durante años en Alemania, mantuvo una actividad empresarial en Portugal o residió temporalmente en Reino Unido, puede resultar razonable investigar si conservaba bienes o derechos en esos territorios.
También conviene examinar las relaciones comerciales, las inversiones conocidas y las sociedades en las que participó.
El objetivo consiste en construir un mapa de posibles activos, diferenciando los bienes cuya existencia está acreditada de aquellos sobre los que únicamente existen indicios.
Esta distinción permite priorizar las actuaciones y evitar costes innecesarios.
Cómo localizar cuentas bancarias de una persona fallecida en otro país
Las cuentas bancarias en el extranjero de una persona fallecida suelen ser uno de los activos más difíciles de identificar cuando los herederos desconocen la entidad financiera.
No existe un procedimiento universal que permita consultar desde España todas las cuentas abiertas por una persona en cualquier país.
Cada Estado establece sus propios mecanismos de identificación bancaria, y las entidades financieras están sujetas a obligaciones de confidencialidad y protección de datos.
Cuando se conoce el banco extranjero
Si los herederos conocen la entidad financiera, la investigación puede comenzar mediante una solicitud formal de información.
Normalmente será necesario acreditar el fallecimiento y justificar la legitimación de quien solicita los datos.
Dependiendo del país y de la entidad, pueden exigirse documentos como el certificado de defunción, el testamento, una declaración de herederos, documentación identificativa o un título sucesorio reconocido por el ordenamiento correspondiente.
En determinados Estados europeos también puede resultar útil el Certificado Sucesorio Europeo.
La entidad deberá comprobar los derechos del solicitante antes de facilitar información protegida sobre cuentas, saldos o movimientos.
Por tanto, conocer el nombre del banco facilita la investigación, pero no implica que cualquier familiar pueda acceder automáticamente a la información.
Cuando se desconoce la entidad bancaria
La situación es más compleja si los herederos únicamente sospechan que existen depósitos en otro país.
En ese caso, puede ser necesario combinar diferentes actuaciones:
- Identificar transferencias internacionales realizadas desde cuentas conocidas.
- Examinar contratos y comunicaciones bancarias.
- Revisar documentación fiscal que pueda contener referencias a activos extranjeros.
- Comprobar si el país correspondiente dispone de mecanismos legales de búsqueda de cuentas de personas fallecidas.
- Solicitar asistencia profesional local cuando sea necesario acreditar derechos sucesorios ante entidades o autoridades extranjeras.
La posibilidad de consultar registros o sistemas de información bancaria depende de la legislación nacional.
Debe tenerse en cuenta que los mecanismos de intercambio internacional de información financiera entre administraciones tributarias no constituyen, por sí mismos, un servicio de consulta patrimonial abierto a los herederos.
En consecuencia, no puede presumirse que una administración española facilite un listado completo de cuentas extranjeras por el simple hecho de acreditar una relación familiar con el fallecido.
Cómo averiguar si el fallecido tenía inmuebles en el extranjero
La búsqueda de propiedades inmobiliarias en el extranjero presenta características diferentes a la investigación bancaria.
En muchos países existen registros inmobiliarios o sistemas de publicidad de derechos sobre bienes inmuebles, aunque su organización y accesibilidad varían considerablemente.
Algunos sistemas permiten búsquedas a partir de la identidad del titular. Otros requieren conocer previamente la dirección, referencia catastral o identificación de la finca.
Además, las condiciones de acceso pueden depender de la existencia de un interés legítimo o de la intervención de profesionales autorizados.
Consultas en registros inmobiliarios extranjeros
Cuando existen indicios de que el fallecido poseía una vivienda, terreno o local en otro país, puede resultar necesario acudir al registro competente.
Antes de solicitar información conviene determinar:
- El país y, si es posible, la localidad donde podría encontrarse el inmueble.
- La identidad completa del fallecido y posibles variaciones utilizadas en documentos extranjeros.
- La existencia de escrituras, contratos o referencias registrales.
- Las condiciones de acceso a la información inmobiliaria.
- La necesidad de representación o asistencia profesional local.
El Portal Europeo de e-Justicia ofrece información sobre los sistemas registrales de distintos Estados miembros, aunque ello no supone que exista una consulta pública unificada de todas las propiedades europeas.
Puede consultarse información institucional en el Portal Europeo de e-Justicia.
Qué ocurre si el inmueble figura a nombre de una sociedad
La investigación requiere un análisis adicional cuando la propiedad no está inscrita directamente a nombre del fallecido.
Puede suceder que el inmueble pertenezca a una sociedad extranjera en la que el causante tenía participaciones.
En ese supuesto, el objeto de la herencia podría no ser directamente el inmueble, sino las acciones o participaciones sociales que pertenecían al fallecido.
Esta diferencia es jurídicamente relevante.
La titularidad de una sociedad y la propiedad de los bienes que integran su patrimonio son realidades distintas. Por ello, la investigación debe determinar qué derechos pertenecían efectivamente al causante y cuáles correspondían a una persona jurídica independiente.
Localización de inversiones, acciones y participaciones en sociedades extranjeras
El patrimonio internacional no se limita a cuentas bancarias y propiedades inmobiliarias.
Una herencia puede incluir acciones de sociedades extranjeras, fondos de inversión, carteras de valores, derechos económicos derivados de contratos o participaciones en empresas.
La localización de estos activos puede requerir actuaciones ante intermediarios financieros, registros mercantiles o entidades depositarias.
Participaciones en sociedades constituidas fuera de España
Cuando existen indicios de que el fallecido participaba en una empresa extranjera, la investigación puede comenzar por el registro mercantil o societario correspondiente.
No obstante, la información pública disponible varía entre países y tipos de sociedades.
En algunos ordenamientos pueden consultarse determinados datos sobre administradores, socios o capital social. En otros, la identidad de los titulares de participaciones no consta íntegramente en registros públicos.
Por ello, puede ser necesario solicitar documentación societaria adicional o acudir a los mecanismos legales previstos en la jurisdicción correspondiente.
Carteras de valores y productos financieros
Si el causante mantenía inversiones mediante una entidad financiera extranjera, la documentación contractual puede permitir identificar al intermediario responsable de la custodia o administración de los activos.
Una vez localizada la entidad, los herederos deberán acreditar sus derechos conforme a las normas aplicables.
También será necesario comprobar la naturaleza de cada producto, puesto que no todos los derechos económicos se transmiten de idéntica manera por fallecimiento.
Por ejemplo, determinados seguros pueden atribuir prestaciones directamente a beneficiarios designados, con un tratamiento jurídico distinto del correspondiente a otros activos hereditarios.
Qué documentación permite investigar bienes hereditarios en otro país
La posibilidad de localizar un activo no debe confundirse con el derecho a obtener información reservada sobre él.
Los registros, bancos y demás entidades extranjeras pueden exigir que el solicitante demuestre su legitimación.
Por ello, antes de iniciar determinadas consultas conviene disponer de un expediente documental que permita acreditar el fallecimiento y los derechos sucesorios invocados.
La documentación dependerá del país, de la naturaleza del activo y de la fase de investigación.
Puede ser necesario presentar certificados de defunción, testamentos, documentos acreditativos del parentesco, declaraciones de herederos, poderes o resoluciones de autoridades competentes.
También deberá comprobarse si los documentos españoles necesitan traducción, apostilla o legalización para ser utilizados en el extranjero.
En este ámbito, el asesoramiento especializado en herencias de españoles con bienes en el extranjero permite coordinar la preparación documental en España con las actuaciones que deban desarrollarse en la jurisdicción donde se sospecha que existen los activos.
La utilidad del Certificado Sucesorio Europeo
El Certificado Sucesorio Europeo, regulado en los artículos 62 y siguientes del Reglamento (UE) 650/2012, puede facilitar la acreditación de determinados derechos hereditarios en otros Estados miembros participantes.
Su finalidad consiste en permitir que herederos, determinados legatarios, ejecutores testamentarios o administradores de la herencia acrediten su condición o facultades en otro Estado miembro.
Sin embargo, conviene precisar dos cuestiones.
En primer lugar, el certificado no constituye un instrumento de investigación patrimonial universal. No permite descubrir automáticamente qué bienes tenía el fallecido en todos los países europeos.
En segundo lugar, su utilización no es obligatoria y no sustituye todas las exigencias documentales, bancarias o registrales nacionales.
Su utilidad debe valorarse cuando ya se ha identificado una jurisdicción o una entidad ante la que resulte necesario acreditar derechos sucesorios.
¿Puede un heredero investigar el patrimonio extranjero sin autorización de los demás?
La respuesta depende de la legislación aplicable y de la naturaleza de la actuación solicitada.
Debe distinguirse entre obtener información pública, solicitar documentación reservada y realizar actos de administración o disposición sobre bienes hereditarios.
Un heredero puede tener interés legítimo en conocer la composición del patrimonio para proteger sus derechos, pero ello no significa que pueda acceder sin restricciones a cualquier información bancaria, societaria o patrimonial.
En determinados países o procedimientos, la entidad correspondiente puede exigir documentación específica, la intervención de un representante de la herencia o la acreditación de determinadas facultades.
También puede resultar necesario coordinar las actuaciones con otros herederos, albaceas o administradores.
Cuando existen desacuerdos familiares sobre la información patrimonial, el análisis debe considerar tanto los derechos sucesorios como los mecanismos de obtención de documentación previstos por el ordenamiento competente.
Qué hacer si aparecen bienes extranjeros después de aceptar la herencia
El descubrimiento de un activo desconocido no significa necesariamente que deba repetirse toda la tramitación sucesoria.
Sin embargo, puede exigir actuaciones complementarias.
Si la herencia ya fue aceptada y repartida, será necesario examinar cómo se formalizó la partición, qué legislación resulta aplicable y qué derechos corresponden a cada heredero sobre el bien descubierto.
En determinados supuestos puede ser necesario ampliar el inventario y formalizar una adjudicación complementaria.
También deberá comprobarse si el activo está sujeto a requisitos de transmisión específicos en el país donde se encuentra.
Por ejemplo, el descubrimiento de una cuenta bancaria extranjera después de la partición puede requerir acreditar ante la entidad quiénes tienen derecho a los fondos y en qué proporción.
Si se trata de un inmueble, pueden ser necesarias actuaciones notariales o registrales adicionales.
La solución no será idéntica en todas las sucesiones, especialmente cuando intervienen diferentes legislaciones nacionales.
Consecuencias fiscales de descubrir patrimonio hereditario en otro país
La aparición de bienes desconocidos puede tener consecuencias tributarias, incluso cuando la herencia ya se había declarado en España.
Conforme al artículo 6 de la Ley 29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, los contribuyentes residentes habituales en España están sujetos, por obligación personal, respecto de los bienes y derechos adquiridos, con independencia de dónde se encuentren situados.
Por tanto, un heredero residente fiscal en España puede tener que incluir en su tributación sucesoria bienes recibidos en el extranjero.
Cuando el activo se descubre después de presentar la autoliquidación, debe examinarse si procede regularizar la situación tributaria y qué efectos tiene el momento del descubrimiento.
También habrá que comprobar las obligaciones fiscales del país donde se encuentra el patrimonio y los posibles mecanismos para evitar la doble imposición internacional.
Estas cuestiones deben analizarse de forma diferenciada respecto de la investigación patrimonial.
El área de fiscalidad de herencias internacionales de IN DIEM aborda precisamente la coordinación de las obligaciones tributarias cuando existen bienes, herederos o causantes vinculados con distintas jurisdicciones.
¿Es posible localizar bienes ocultos por otro heredero en el extranjero?
En algunas sucesiones, el problema no consiste únicamente en desconocer el patrimonio, sino en sospechar que determinados activos no han sido comunicados por una persona que dispone de información sobre ellos.
Esta situación puede producirse cuando uno de los herederos administraba las cuentas del fallecido, participaba en sus negocios internacionales o conservaba la documentación patrimonial.
Sin embargo, la existencia de sospechas no acredita por sí misma una ocultación deliberada.
Antes de adoptar medidas jurídicas, conviene identificar qué bienes podrían existir, qué documentación respalda esa posibilidad y qué persona o entidad dispone de información relevante.
Dependiendo de las circunstancias y de la legislación aplicable, pueden estudiarse mecanismos de solicitud de documentación, actuaciones judiciales o medidas dirigidas a proteger los derechos hereditarios.
Cuando existen bienes en otros países, también será necesario comprobar qué autoridad tiene competencia y qué instrumentos de cooperación o procedimientos nacionales pueden utilizarse.
La estrategia debe construirse sobre indicios verificables y respetando las normas de acceso a la información.
Cómo organizar una investigación patrimonial internacional eficaz
La búsqueda de activos hereditarios debe desarrollarse de forma proporcional a los indicios disponibles y al valor potencial del patrimonio.
Una investigación sin delimitación geográfica o documental puede generar costes elevados sin ofrecer resultados útiles.
Por ello, resulta conveniente organizar el trabajo en tres fases.
Primera fase: reconstrucción del patrimonio conocido
Se examinan los documentos disponibles, las relaciones económicas del fallecido, sus residencias anteriores y los países con los que mantenía conexiones relevantes.
El resultado debe permitir identificar activos acreditados, posibles bienes pendientes de confirmación y jurisdicciones prioritarias.
Segunda fase: comprobaciones ante registros y entidades extranjeras
Una vez identificados los países y las fuentes de información, pueden prepararse las solicitudes correspondientes.
Esta fase puede requerir documentación sucesoria, poderes, traducciones y asistencia profesional local.
Las actuaciones deben adaptarse a las posibilidades legales de consulta y a los requisitos establecidos por cada entidad.
Tercera fase: incorporación de los bienes localizados a la sucesión
Cuando se confirma la existencia de un activo, es necesario determinar su titularidad, naturaleza jurídica, valoración y eventual integración en el patrimonio hereditario.
Posteriormente deberán estudiarse las actuaciones necesarias para su adjudicación, transmisión o recuperación, así como las obligaciones fiscales correspondientes.
Este enfoque permite diferenciar la investigación patrimonial de la tramitación sucesoria posterior, aunque ambas deban coordinarse.
Localizar el patrimonio antes de repartir la herencia
Una herencia internacional puede quedar incompleta si los herederos desconocen parte de los bienes y derechos que pertenecían al fallecido.
La existencia de cuentas bancarias, inmuebles, inversiones o participaciones empresariales en otros países exige una investigación adaptada a las circunstancias del causante y a las posibilidades legales de acceso a la información.
No existe una herramienta única que permita identificar todo el patrimonio extranjero. La localización requiere analizar documentos, determinar jurisdicciones relevantes y utilizar los mecanismos registrales, bancarios o jurídicos disponibles en cada país.
Desde el área de herencias internacionales de IN DIEM Abogados, podemos estudiar los indicios de patrimonio extranjero, revisar la documentación disponible, determinar qué actuaciones de investigación resultan jurídicamente viables y coordinar las solicitudes y gestiones necesarias con profesionales de otras jurisdicciones.
Si existen sospechas fundadas de que una persona fallecida mantenía bienes fuera de España, podemos analizar la situación antes de formalizar la partición o estudiar las actuaciones complementarias necesarias cuando el patrimonio se descubre después de haber tramitado la herencia.
Preguntas frecuentes sobre la localización de bienes en el extranjero de una herencia
¿Cómo saber si una persona fallecida tenía cuentas bancarias en el extranjero?
La investigación puede comenzar revisando extractos bancarios, transferencias internacionales, declaraciones fiscales y comunicaciones de entidades financieras. Si se identifica un banco extranjero, los herederos podrán estudiar cómo solicitar información acreditando su legitimación. No existe un registro mundial de cuentas bancarias accesible directamente a los herederos.
¿Existe un registro europeo para localizar todos los bienes de una persona fallecida?
No existe un registro europeo único que permita identificar todos los inmuebles, cuentas bancarias, inversiones y demás activos de una persona fallecida. Cada Estado dispone de sistemas registrales y mecanismos de acceso propios. La investigación debe dirigirse a los países y entidades donde existan indicios razonables de patrimonio.
¿Puede un abogado investigar bienes hereditarios en otros países?
Sí, dentro de los mecanismos legalmente disponibles. Un abogado puede analizar documentación, identificar registros y entidades relevantes, preparar solicitudes y coordinar actuaciones con profesionales extranjeros. Sin embargo, el acceso a información reservada dependerá de la legitimación del solicitante y de las normas aplicables en cada jurisdicción.
¿Cómo descubrir si mi padre o mi madre tenía una vivienda en otro país?
Conviene revisar escrituras, pagos de impuestos, transferencias, contratos y documentación relacionada con los países donde residió o mantuvo intereses económicos. Con esa información puede determinarse qué registros inmobiliarios extranjeros permiten realizar consultas y qué datos o documentos exigen para identificar una propiedad.
¿Se pueden localizar inversiones extranjeras sin conocer el banco o intermediario?
Puede intentarse mediante el análisis de documentación fiscal, contratos, movimientos bancarios y comunicaciones financieras. No obstante, cuando se desconoce por completo la entidad depositaria, la investigación puede presentar limitaciones importantes. La posibilidad de obtener información adicional depende de los mecanismos legales disponibles en cada país.
¿Puede utilizarse el Certificado Sucesorio Europeo para buscar cuentas bancarias?
El Certificado Sucesorio Europeo permite acreditar determinados derechos y facultades sucesorias en los Estados miembros participantes, pero no constituye una herramienta de búsqueda general de cuentas bancarias. Puede facilitar solicitudes ante entidades identificadas, siempre que se cumplan los requisitos nacionales de acceso a la información.
¿Qué sucede si otro heredero conoce bienes extranjeros y no informa de ellos?
Será necesario examinar las circunstancias, la documentación disponible y las obligaciones que correspondan a los interesados conforme a la legislación aplicable. Si existen indicios de ocultación patrimonial, pueden estudiarse mecanismos de obtención de información y protección de los derechos hereditarios. La mera sospecha no acredita por sí sola una conducta ilícita.
¿Cuánto cuesta investigar bienes de una herencia en el extranjero?
El coste depende del número de países implicados, la información inicial disponible, los registros que deban consultarse y la eventual intervención de profesionales locales. También pueden existir gastos de documentación, traducción y representación. Conviene delimitar previamente las actuaciones y valorar su proporcionalidad respecto del patrimonio que se pretende localizar.
¿Se puede ampliar una herencia ya repartida si aparece una cuenta extranjera?
En determinados supuestos puede ser necesario completar el inventario y formalizar una adjudicación adicional del activo descubierto. La solución dependerá de la legislación sucesoria aplicable, de la partición realizada y de las exigencias del país donde se encuentre la cuenta. También deberán revisarse las consecuencias fiscales del descubrimiento.
¿Hay que declarar en España bienes heredados en el extranjero que se descubren posteriormente?
Puede existir obligación de regularizar la tributación sucesoria. Los herederos residentes habituales en España pueden estar sujetos al Impuesto sobre Sucesiones respecto de bienes adquiridos fuera del territorio nacional. Si el patrimonio se descubre después de presentar el impuesto, deberá estudiarse la regularización procedente, los plazos aplicables y la posible doble imposición internacional.
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