Errores comunes al declarar criptomonedas en España y cómo evitarlos

Cómo evitar errores al declarar criptomonedas en 2025

Errores comunes al declarar criptomonedas en España y cómo evitarlos

La fiscalidad de las criptomonedas ha experimentado un control sin precedentes. Descubre los errores más frecuentes que provocan requerimientos de Hacienda y aprende a evitarlos con esta guía práctica actualizada.

La Agencia Tributaria ha reforzado significativamente su capacidad de control sobre las operaciones con criptomonedas. Gracias a la implementación de los modelos informativos 172 y 173, Hacienda recibe datos detallados —saldos, operaciones, permutas, comisiones— directamente de los exchanges. Cualquier discrepancia activa alertas automáticas.

Por eso, si operas con criptomonedas, evitar los errores más frecuentes es esencial para prevenir requerimientos, sanciones e incluso regularizaciones costosas. Esta guía te explica de forma clara los 8 errores que Hacienda detecta con más facilidad y cómo evitarlos con seguridad en 2025.

Los 8 errores más frecuentes al declarar criptomonedas en España

1. No declarar las permutas cripto-cripto

Este es el error más extendido entre los inversores en criptomonedas. Muchos contribuyentes creen erróneamente que solo deben declarar cuando convierten sus criptoactivos a euros. La realidad es muy distinta: cada intercambio entre criptomonedas diferentes genera un hecho imponible que debe declararse como ganancia o pérdida patrimonial.

Ejemplo: cambiar BTC → ETH equivale fiscalmente a:

  • Una venta de BTC
  • Una compra de ETH

Cómo evitarlo:

  • Registra todas tus operaciones de intercambio entre criptomonedas, incluyendo la fecha, los importes y el valor de mercado de ambos activos en el momento de la permuta.

Recuerda que cada cambio de una cripto por otra debe reflejarse en tu declaración de la renta como si hubieras vendido y vuelto a comprar.

2. Aplicación incorrecta del método FIFO

La Dirección General de Tributos ha establecido tradicionalmente que debe aplicarse el método FIFO para determinar qué criptomonedas se transmiten cuando realizas una venta parcial de tu cartera. Esto significa que se consideran vendidas primero las unidades que adquiriste en primer lugar, independientemente de cuáles vendas realmente.

Importante: Aunque el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha cuestionado recientemente la aplicación obligatoria del FIFO a las criptomonedas, la doctrina administrativa de Hacienda sigue considerándolo el método aplicable. Ante esta situación de incertidumbre jurídica, lo más prudente es seguir aplicando el FIFO hasta que exista una normativa clara que establezca lo contrario.

Un error frecuente es aplicar FIFO por plataforma, cuando debe aplicarse por criptomoneda de manera unificada en todas tus wallets y exchanges.

Cómo evitarlo:

  • Mantén un registro cronológico exhaustivo de todas tus adquisiciones de cada tipo de criptomoneda, con independencia de la plataforma utilizada.
  • Utiliza herramientas especializadas de cálculo fiscal que unifiquen automáticamente tus operaciones de todas las plataformas.

Recuerda que cuando vendas, debes aplicar FIFO considerando todas tus tenencias como un conjunto único.

3. Omitir las comisiones de compra, venta y transferencia

Las comisiones de compra, venta y transferencia son gastos deducibles que reducen tu ganancia patrimonial o incrementan tu pérdida. Sin embargo, muchos contribuyentes las omiten en sus cálculos, lo que genera discrepancias cuando Hacienda cruza los datos con la información proporcionada por los exchanges a través de los modelos 172 y 173.

Cómo evitarlo:

  • Descarga los informes detallados de tus operaciones desde cada exchange que utilices.
  • Asegúrate de que tu herramienta de cálculo fiscal o tu asesor incluyen correctamente todas las comisiones tanto en las compras como en las ventas.
  • Guarda todos los justificantes de comisiones como parte de tu documentación fiscal.

4. Declarar solo las ganancias y omitir las pérdidas

Algunos contribuyentes, por desconocimiento o por intentar «simplificar» su declaración, solo incluyen las operaciones que han generado ganancias. Este enfoque es doblemente perjudicial: por un lado, genera inconsistencias detectables por Hacienda al cruzar datos con los exchanges; por otro, te hace perder la oportunidad de compensar fiscalmente tus pérdidas.

Cómo evitarlo:

  • Declara todas las operaciones, sin excepción.
  • Lleva un control de las pérdidas no compensadas en ejercicios anteriores para aplicarlas correctamente en años posteriores.
  • Si tienes muchas operaciones, utiliza herramientas profesionales o un asesor experto. Para profundizar en este tema, puede consultar más guías sobre fiscalidad en el blog de IN DIEM.

5. No declarar ingresos en criptomonedas (staking, airdrops, salarios)

Los ingresos recibidos en criptomonedas, aunque no se conviertan inmediatamente a euros, constituyen rendimientos que deben declararse por su valor de mercado en el momento de recibirlos. Esto incluye:

  • Staking: Las recompensas obtenidas por mantener criptomonedas en validación de red se consideran rendimientos del capital mobiliario y tributan en la base del ahorro.
  • Airdrops: Los tokens recibidos gratuitamente se consideran ingresos que deben valorarse al precio de mercado en el momento de la recepción.
  • Salarios o pagos profesionales: Si recibes tu remuneración total o parcialmente en criptomonedas, debes declararla como rendimiento del trabajo o de actividades económicas según corresponda.
  • Intereses por préstamo (lending): Los intereses generados al prestar tus criptoactivos se consideran rendimientos del capital mobiliario.

Cómo evitarlo:

  • Registra el valor de mercado exacto de cualquier criptomoneda en la fecha de recepción.
  • Guarda hashes de las transacciones.
  • Diferencia claramente entre rendimientos del capital mobiliario (staking, lending) y posibles rendimientos de actividades económicas si tu actividad con criptomonedas tiene carácter empresarial o profesional.

6. Confundir transferencias internas entre wallets propias con ventas

Mover criptomonedas entre tus propias carteras no genera ganancia ni pérdida patrimonial, ya que no se produce ninguna transmisión a un tercero. Sin embargo, si no documentas correctamente estas transferencias internas, pueden interpretarse erróneamente como ventas, generando discrepancias con los datos que Hacienda recibe de los exchanges.

Cómo evitarlo:

  • Mantén un registro detallado de todas las transferencias entre tus propias wallets y exchanges (incluyendo las direcciones de origen y destino, las cantidades transferidas y las fechas).
  • Guarda hashes de las transacciones.

7. No conservar documentación de soporte

La Ley General Tributaria establece un plazo de cuatro años para que Hacienda pueda comprobar la situación tributaria de los contribuyentes. Durante este periodo, debes poder acreditar el origen de tus fondos, el coste de adquisición de tus criptomonedas y la realidad de todas tus operaciones.

No poder justificar el origen de las criptomonedas o su coste de adquisición puede llevar a que Hacienda considere que toda la venta constituye ganancia patrimonial (aplicando un coste de adquisición cero) o incluso que existen indicios de ocultación o simulación.

Cómo evitarlo:

  • Conserva durante al menos cuatro años toda la documentación relevante: extractos bancarios que acrediten transferencias a exchanges, capturas de pantalla de las operaciones, confirmaciones de compra y venta, justificantes de transferencias, y cualquier comunicación relevante con las plataformas.
  • Exporta periódicamente los historiales completos de operaciones de todos los exchanges que utilices. Si has realizado operaciones en plataformas que ya no existen o han cerrado tu cuenta, esta documentación será tu única prueba.

8. Declarar criptomonedas en el modelo 720 cuando no procede

Muchos contribuyentes confunden el 720 y el 721. Es fundamental entender sus diferencias:

Modelo 720: Se utiliza para declarar bienes y derechos situados en el extranjero (cuentas bancarias, valores, inmuebles).

Modelo 721: Es el modelo específico para declarar criptomonedas situadas en el extranjero. Solo deben declararse si:

  • Están custodiadas por un tercero en el extranjero (exchanges o plataformas fuera de España)
  • El valor conjunto supera los 50.000 € a 31 de diciembre
  • No están custodiadas en España mediante los modelos 172 y 173

Importante: Las wallets de autocustodia (donde tú controlas las claves privadas) NO deben declararse en el modelo 721, ya que no existe un tercero custodio.

Más información sobre estas obligaciones informativas puede consultarse en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Cómo evitarlo:

  • Identifica si tu exchange está en España o en el extranjero.
  • Comprueba si el exchange reporta modelos 172 y 173.
  • Presenta el modelo 721 solo cuando realmente proceda.

El papel de los modelos 172, 173 y 721

Los modelos informativos 172 y 173 han transformado radicalmente el control tributario sobre criptomonedas:

  • Modelo 172: Las plataformas y exchanges con residencia en España deben informar sobre los saldos de criptomonedas que mantienen sus clientes a 31 de diciembre de cada año, incluyendo el tipo de criptomoneda, la cantidad y su valoración en euros.
  • Modelo 173: Estas mismas entidades deben reportar todas las operaciones realizadas por sus clientes: adquisiciones, transmisiones, permutas y transferencias, con detalle de fechas, importes y comisiones.
  • Modelo 721: Los contribuyentes que mantengan criptomonedas en el extranjero custodiadas por terceros y que superen los 50.000 € deben presentar esta declaración informativa entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente.

Estos modelos permiten a Hacienda cruzar datos y detectar automáticamente inconsistencias. Por ello, es fundamental que tu declaración coincida exactamente con la información que los exchanges han reportado a la Agencia Tributaria.

Recomendaciones prácticas para evitar errores en tu declaración cripto

  1. Exporta tu historial completo antes de presentar la renta.
  2. Usa software profesional con trazabilidad validada.
  3. Registra el valor exacto de cada ingreso en criptomonedas.
  4. Distingue entre ventas, permutas y transferencias internas.
  5. Documenta tus wallets de autocustodia.
  6. Comprueba que tu declaración coincide con los datos reportados.
  7. Consulta con especialistas si tu operativa es compleja.
  8. Regulariza voluntariamente si has cometido errores en años anteriores.

En nuestro blog de IN DIEM encontrará más guías sobre fiscalidad y tecnología aplicada al sector legal.

Contacta con nosotros y te ofreceremos una solución personalizada para tu caso. La declaración de criptomonedas requiere un conocimiento especializado que combina derecho tributario, tecnología blockchain y conocimiento del mercado cripto.

En IN DIEM Abogados, en colaboración con Cryptoveritas 360, elaboramos informes fiscales cripto con trazabilidad completa y análisis jurídico especializado para garantizar el cumplimiento normativo y tu seguridad frente a Hacienda.

IN DIEM ABOGADOS + Cryptoveritas 360

ERRORES AL DECLARAR
CRIPTOMONEDAS

Guía España 2025

⚠️ 8 ERRORES MÁS COMUNES
1. Permutas cripto-cripto
Cada BTC→ETH genera hecho imponible
2. Método FIFO mal aplicado
Una lista unificada por cripto en todos los exchanges
3. Olvidar comisiones
Incluye todos los fees en tus cálculos
4. Solo declarar ganancias
Las pérdidas compensan hasta 4 años
5. Staking y airdrops
Declara valor de mercado al recibirlos
6. Transferencias propias
Exchange → wallet no es venta
7. Sin documentación
Conserva pruebas mínimo 4 años
8. Modelo 720 vs 721
Cripto va en 721 solo si >50.000€ en el extranjero

✓ RECOMENDACIONES CLAVE

  • 📊 Exporta el historial completo de todos tus exchanges
  • 🔧 Usa herramientas especializadas para cálculo FIFO
  • 📝 Registra todas las operaciones
  • 👨‍⚖️ Consulta asesores especializados en fiscalidad cripto

¿Necesitas asesoramiento fiscal profesional?

www.in-diem.com

¿Cómo puede ayudarte IN DIEM Abogados?

En IN DIEM Abogados, somos un despacho especializado en fiscalidad de criptomonedas y nuevas tecnologías. Junto con nuestro partner tecnológico Cryptoveritas 360, ofrecemos un servicio integral que combina análisis técnico, jurídico y tributario.

Nuestros servicios incluyen:

✔ Informes Fiscales Cripto completos: Con trazabilidad detallada, clasificación fiscal correcta y respaldo frente a Hacienda.

✔ Asesoramiento para presentar la Renta 2025: Preparamos y presentamos tu IRPF de forma segura y optimizada.

✔ Regularización de ejercicios anteriores: Reconstrucción completa de historiales complejos, wallets y movimientos.

✔ Defensa frente a requerimientos o sanciones: Respondemos a Hacienda por ti con toda la documentación jurídica necesaria.

✔ Atención personalizada por un abogado experto: Contacto directo 24/7 para resolver dudas y acompañarte durante todo el proceso.

✔ Máxima confidencialidad y profesionalidad: Tu información será tratada con absoluto rigor.

Si operas con criptomonedas, te ayudamos a declarar correctamente y evitar riesgos.


Preguntas frecuentes (FAQs)

¿Debo declarar las permutas entre criptomonedas aunque no convierta a euros?

Sí. Cada intercambio entre criptomonedas —por ejemplo, cambiar BTC por ETH— genera un hecho imponible.

Hacienda lo considera como una **venta + compra**, por lo que debes calcular la ganancia o pérdida patrimonial en el momento de la permuta.

Este es uno de los errores más comunes y uno de los que Hacienda detecta con más facilidad al cruzar la información de los modelos 172 y 173.

¿Cómo aplico el método FIFO cuando tengo criptomonedas en varios exchanges?

El método FIFO debe aplicarse **de forma global por cada criptomoneda**, sin importar en qué plataforma esté.

Es decir: todos tus BTC, estén en Binance, Coinbase o una wallet personal, forman una **única cola FIFO**.

Cuando vendes BTC en cualquier plataforma, se consideran vendidos los primeros BTC que compraste, estén donde estén.

Aunque existe cierta controversia judicial, Hacienda sigue exigiendo FIFO como criterio aplicable.

¿Las comisiones de compra y venta se pueden deducir?

Sí. Todas las comisiones directamente relacionadas con la compra o venta de criptomonedas son deducibles:

• Las comisiones de compra **aumentan** el valor de adquisición.

• Las comisiones de venta **reducen** el importe obtenido.

Incluirlas correctamente evita discrepancias con los datos que reportan los exchanges en los modelos informativos.

¿Cómo debo declarar las recompensas por staking y los airdrops?

Las recompensas de staking y los airdrops se consideran **ingresos** y deben declararse por su valor de mercado en la fecha de recepción.

• Staking → rendimientos del capital mobiliario (base del ahorro, 19-28%).

• Airdrops → también ingresos valorados al precio de mercado del día recibido.

Ese valor será tu coste de adquisición cuando posteriormente los vendas o permutes.

¿Las transferencias entre mis propias wallets debo declararlas?

No. Las transferencias internas **no generan ganancia ni pérdida**, por lo que no deben declararse.

Pero sí debes guardar pruebas: dirección de origen/destino, hash, fecha, importe…

Si no puedes justificar que el movimiento es interno, Hacienda podría interpretarlo como una venta.

¿Cuánto tiempo debo conservar la documentación de mis operaciones con criptomonedas?

Debes conservar toda la documentación durante **al menos 4 años**, incluyendo:

• Extractos bancarios

• Historias completos de exchanges

• Hashes de transacciones

• Justificantes de compra/venta

• Capturas verificables

Si no puedes acreditar el origen o el coste de adquisición, Hacienda puede considerar que **toda la venta es ganancia**.

¿Debo presentar el modelo 720 o el modelo 721 por mis criptomonedas?

El modelo 720 **no incluye criptomonedas**.

Debes presentar el **modelo 721** únicamente si:

• Tus criptomonedas están custodiadas por un tercero en el extranjero, y

• El valor conjunto supera **50.000 €** a 31 de diciembre.

Las wallets de autocustodia (Ledger, Trezor, MetaMask…) **no** se incluyen.

El plazo: del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente.

¿Qué debo hacer si ya declaré mal ejercicios anteriores?

Lo ideal es regularizar **antes de que Hacienda actúe**.

Puedes presentar una declaración complementaria o extemporánea, lo que reduce mucho las sanciones.

Si Hacienda detecta los errores por su cuenta, las sanciones son bastante mayores.

Lo más recomendable es consultar con un especialista en fiscalidad cripto para evaluar tu caso y planificar la regularización con seguridad jurídica.

Cryptoveritas 360: nuestro partner tecnológico

Inteligencia Tecnológica Financiera Cripto. Cryptoveritas 360.

Publicaciones sobre Criptos en nuestro blog

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Gracias a una metodología de trabajo híbrida (presencial y online), garantizamos el mismo nivel de calidad, confidencialidad y eficiencia tanto a clientes locales como extranjeros, acompañando cada proyecto desde la planificación inicial hasta la obtención efectiva de la autorización regulatoria.

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