Anulación claúsulas suelo

Anulación claúsulas suelo

El Tribunal Supremo anula ocho cláusulas suelo por falta de transparencia

Como informa el CGPJ, el Tribunal Supremo mediante Sentencia de fecha 8 de Septiembre de 2014, publicada el día 23 de Octubre de 2014, ha anulado ocho cláusulas de Caja Segovia (actualmente, Bankia) por cuanto la entidad bancaria incumplió el especial deber de transparencia que tenía respecto a estas cláusulas con los clientes con quienes firmó los contratos de préstamo hipotecario.

Se rechaza, pues, la alegación de la Caja de que las escrituras fueron leídas por los notarios y que los clientes fueron advertidos de la posibilidad de su lectura, ya que ello no suple el deber de explicación y transparencia de las entidades ante los usuarios. La Sala se ve imposibilitada de examinar las consecuencias de la declaración de nulidad de la cláusula suelo a la hora de declarar si las cantidades cobradas por el banco en aplicación de dicha cláusula habrían de devolverse al consumidor, ya que tal cuestión fue rechazada en primera instancia y no fue recurrida en apelación por la parte perjudicada.

En tal sentido el Tribunal Supremo aprecia que la cláusula suelo no supera este juicio de transparencia al no formar parte de las negociaciones y tratos preliminares , ni tampoco resultó destacada y diferenciada en el contrato ni en la previa oferta vinculante al quedar inserta en una cláusula mucho más amplia y genérica sobre el interés variable.

IN DIEM Abogados, en relación esta nueva resolución judicial del TRIBUNAL SUPREMO, valora muy positivamente esta segunda sentencia de nuestro Alto Tribunal, a efectos de consolidación de doctrina jurisprudencial, ya que confirma los argumentos esgrimidos y reiterados en nuestras demandas contra las entidades bancarias, en las que exigimos responsabilidad por la falta de transparencia de las cláusulas hipotecarias en perjuicio de los intereses de nuestros clientes y defendidos.