Normativa sobre plataformas de pago en transacciones electrónicas
En el contexto comercial actual se hace indispensable el uso de plataformas de pago online para realizar transacciones entre Marketplaces o Ecommerces y los clientes.
La función de estas plataformas de pago es la de aprobar las transacciones que se realicen, además de asegurar la información que el cliente aporte.
Pero en el presente artículo, vamos a estudiar la regulación sobre las plataformas de pago desde la perspectiva comunitaria y española.
1.- Reglamento (UE) 2016/679
La integración económica del mercado interior impulsa la existencia de flujos transfronterizos de datos personales, lo que requiere de un marco normativo europeo sobre protección de datos sólido y eficaz para garantizar la seguridad en esos intercambios de datos y así, favorecer al desarrollo de la economía digital
En tales ideas se fundamenta el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. En este reglamento europeo se establece como deben tratarse los datos de las personas físicas, en el sentido en el que recoge el derecho de acceso a esos datos, el derecho de rectificación y el derecho de cancelarlos. Además, esta es la norma que fundamenta la creación de la normativa conocida como PCI DSS, acrónico de Payment Card Industry Data Security Standard.
2.- Directiva (UE) 2015/2366
En diciembre de 2022 se realizaba la última modificación de la Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior, con la cual se introduce una definición neutra de operación de pago para así incluir otros métodos que no se concebían con anterioridad, de modo que va más allá de las formas convencionales de pago electrónico como son las tarjetas de crédito y débito.
Esta directiva entiende que conforme más avances técnicos vayan apareciendo, más riesgos de seguridad de los pagos electrónicos hay debido a la complejidad de estos. Esta es la razón por la que, a partir de la Directiva 2015/2366, comúnmente conocida como PSD2, se modificó la manera en la que los usuarios podían identificarse a la hora de realizar un pago electrónico.
Hasta este momento, el proceso de verificación de los datos de pago se realizaba a través de la información de la tarjeta de pago y de un código de verificación o SMS y, tras la introducción de esta norma, se obliga a los e-commerce a introducir la llamada autentificación en dos pasos, en la cual el usuario debe identificarse, por lo menos, mediante dos métodos de los tres disponibles.
Con la PSD2, además, se simplifica el proceso de pago, de modo que las plataformas de pago dejan de ser externas y se integran en la misma página web del comercio. Con esta forma de plataformas de pago, el usuario realiza el proceso de compra más rápido y, al no cambiar de página, le transmite una mayor sensación de seguridad.
3.- Real Decreto-Ley 19/2018 (ESP)
En el ámbito nacional, el Real Decreto-Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera clasifica algunos conceptos clave para la correcta comprensión de las normas comunitarias.
Su objeto son los servicios de pago y aquellas medidas relacionadas con ellos, como la manera de prestación dichos servicios de pago, el régimen jurídico de las entidades de pago, su régimen de transparencia. Al igual que, recoge los derechos y obligaciones de los usuarios de pago y de los proveedores de los mismos.
Asimismo, en su articulado podemos encontrar las definiciones de algunos conceptos como entidad de pago, cuanta de pago, instrumento de pago, operación de pago, sistema de pago, etcétera.
4.- Ley Orgánica 3/2018 (ESP)
Con el fin de adecuar el contenido legal de la Unión Europea sobre protección de datos al ordenamiento jurídico Español, se aprueba la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Cabe señalar que, otra de las metas de esta ley es garantizar el artículo 18.4 de la Constitución Española.
En definitiva, como la cuestión a regular surge de las relaciones económicas que se dan entre los diferentes estados, la normativa pionera para dar seguridad a dichas relaciones es la de la Unión Europea. Los Estados simplemente asumen esa normativa dirigida a regular el funcionamiento de las plataformas de pago y su contenido.
5.- ¿Cómo podemos ayudarte?
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Autor: Lucia Arce Espejo
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